viernes, 6 de junio de 2025

A LA REELECCIÓN DILE NO


LA REELECCION DE ALCALDES PERMITIRA LA CONTINUIDAD DE OBRAS Y LA PROFESIONALIZACION DE LA CLASE POLITICA LOCAL.  SÍ COMO NO… 

Congreso aprueba reelección de alcaldes y gobernadores, pero no alcanza los 87 votos: reforma deberá ratificarse en referéndum. 


El lobby de congresistas y alcaldes para reformar la Constitución y permitir la reelección inmediata de alcaldes y gobernadores perdió por goleada. 


Han bastado 77 votos, mayoría al fin, para aprobar la iniciativa legislativa, pero… la ley ha previsto que una reforma constitucional requiere de 2/3 del número total de congresistas, es decir 87 votos. Con lo que los 77 votos se convierten en una victoria pírrica, porque ahora por mandato también constitucional, el único camino de esa “mayoría” es el referéndum, es decir someter a votación universal/popular la consulta a todo el Perú, de si o no queremos que se apruebe LA REELECCION INMEDIATA POR UNICA VEZ, de alcaldes y gobernadores.

¿Algún desquiciado se atreverá a lanzar la iniciativa del referéndum?

Porque esta votación no sale sola y requiere de la solicitud del Poder Ejecutivo o sea Dina Boluarte, o la solicitud y adhesión ante el JNE de no menos del 10% del electorado nacional, es decir la friolera de 2 millones 742 mil 402 ciudadanos (10% de 27’424,023 según el 3er simulacro de cierre de padrón electoral efectuado por el RENIEC y publicado en su página web), para que una vez verificado el número suficiente legal de adherentes, se proceda a la convocatoria del referéndum que decidiría sobre la vida y milagros de esta legión de autoridades. Mismas autoridades con el nivel de gobierno del índice más alto en corrupción.

Si la gobernante más amada de los últimos tiempos toma la iniciativa, los alcaldes y sus portátiles serán los primeros en irse a sus casas para que su imagen negativa no les salpique. Nadie sabe para quien trabaja… jajajajaja…

Y la recolección de 2 millones 742 mil 402 ciudadanos (10% de 27’424,023 de ciudadanos hábiles para votar) es un sueño imposible: no alcanza el tiempo, el cronograma electoral se encuentra en marcha, los partidos y sus satélites se encuentran en la etapa delicada de “alianzas” imperfectas (o de procesos internos). Dividir y distraer fuerzas para este proceso, especialmente para los más de 30 minipartidos en escena, es una tarea descomunal e inútil.

Y los alcaldes, los beneficiarios de este sueño, se mueren de ganas de ser reelectos. Claro pues… ni modo.


Algunos padres de la patria y "especialistas" al "achica precio", han opinado porque este mecanismo (la reelección “inmediata y por única vez”) permitirá la “continuidad de las obras” y la “profesionalización de la clase política local”.


Por partes camarada…

¿Nos están diciendo que la continuidad de las obras municipales, dependen de la permanencia en sus puestos de los 2,000 alcaldes del país?

O sea que... ¿las Municipalidades no tienen planes aprobados,

o estos están de adorno?,

¿o no tienen unidades orgánicas ni personal técnico para el seguimiento de estos procesos?,

¿o que los planes de obras que nunca se cumplen?,

¿o las obras mayoritariamente se frustran o interrumpen ya sea porque los presupuestos que siempre se inflan y adendan o porque las compras siempre se pitufean para inflar costos?

 ¿y que todo esto es culpa exclusiva de la falta de reelección o una bendición?


¿Y esta es la profesionalización de las que nos hablan algunos padres de la patria y otros "especialistas" municipales?

A ver veamos un poco más de cerca los milagros de estos funcionarios públicos con ansias de reelección inmediata y por única vez:

 

     •Triplicar el gasto corriente municipal (en sueldos de contratados e insumos principalmente de librería) en solo los últimos 15 años de gobierno municipal, y la formación de ejércitos CAS o de Locadores que solo sirven para garantizar las portátiles de los alcaldes… en una eterna campaña de marketing de la imagen que no consiguen con resultados,

    Persistir en la recolección tradicional (mayormente con camiones contratados) y la “disposición” final de residuos sólidos en “rellenos sanitarios” informales (procesos que garantizan la coima permanente) en vez de implementar y generalizar el reciclaje en la fuente y el reuso y de los residuos sólidos (principalmente de plásticos, papel y metales, etc.) y el retorno de valor de estos residuos a las mismas ciudades que las generan,

    •Ejecutar obras (principalmente de pistas y veredas) que en otras partes del mundo, cuestan entre un tercio o una cuarta parte del costo que en el Perú municipal los alcaldes siempre dicen que cuesta.

    •Atacar sin descanso a los pequeños emprendimientos, a aquellos ciudadanos que, mayoritariamente, han optado por el comercio como una economía de sobrevivencia familiar, con multas absurdas y astronómicas, que no persiguen la reeducación social, ni la recuperación del principio de autoridad, ni la reposición del Estado de las cosas que tenían antes de la infracción administrativa… y un larguísimo etcétera. Estos alcaldes han implementado la fiscalización como un mecanismo de extorsión masiva y de recaudación forzosa…

Y, ¿Esos mismos alcaldes son los que merecen otra oportunidad o un nuevo periodo para continuar su eterno fracaso?


La cereza de la torta, para demostrar que se merecen la reelección, organismos del Estado como Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República, nos ponen al tanto de que es justamente en los Gobiernos locales donde las denuncias de corrupción tienen un incremento alarmante:

En el año 2024, se han producido 6,294 casos de denuncias o investigación de delitos de corrupción de funcionarios, de las que 2,410 corresponden a Municipalidades, es decir un 38% del total. Ademas, 1,760 casos, es decir un 28º del total, corresponden a gobiernos regionales. Es decir, los beneficiarios de la propuesta legislativa que buscaba la reforma constitucional que permita la “reelección inmediata y por única vez” de alcaldes y gobernadores regionales, concentran el 66% del total de casos de corrupción o de 4,170 casos de corrupción de los 6,294 denunciados a nivel nacional.


Todas unas joyas.

Parafraseando al Chavo del 8, 

la próxima vez que quieran reelección:

“que le pidan a su abuelita…”



Atentamente,

Salomón Márquez




miércoles, 4 de junio de 2025

INOCENTE, SI COMO NO

 

En los últimos días han salido como parásitos aulladores, frase inmortal e histórica lanzada al ruedo por el inmortal ex alcalde Raúl Díaz Pérez, cretinos que viven de practicar un periodismo de cloaca, de albañal, de pozo séptico. Son esas hienas carroñeras que pululan en torno a alcaldes ignorantes, generalmente corruptos que gustan de los servicios de estos mercaderes de la información y precisamente un grupo de estos mermeleros han salido en los últimos días con una campañita de desinformación a los 4 gatos que los leen y al parecer van con intenciones de influenciar en los vocales que conforman la sala de apelaciones que ve el caso de Ulises Villegas.


La campaña de marras tiene como objetivo hacer creer que la sentencia contra Ulises Villegas Rojas -actual alcalde de Comas- es injusta, que el fiscal Jorge García Juárez ha inducido al error a la jueza Gómez Dávila para dictar la sentencia de 6 años de cárcel por colusión agravada contra la municipalidad de Independencia, hechos que se dieron entre el 2017 y el 2020. Los hechos son sencillos de entender cuando no hay voluntad de confundir a la opinión pública, peor aún, contando con el “apoyo” de troles a cada cual más estúpido y cretino.

Veamos, la acusación fiscal es obra y gracia de dos fiscales trejos: Marco Antonio Carrasco Campos y Augusto Ramos Loayza, titular y adjunto de la fiscalía que tiene a cargo el Exp 4059-2020. En este tramo actual del caso nunca intervino el fiscal Jorge García Juárez ya que no pertenecía al staff de dicha Fiscalía anticorrupción, pero obviamente eso no les interesa a los mermeleros, a ellos solo les interesa desinformar, difamar y calumniar. Miente, miente, que algo queda.


La acusación fiscal que consta de 60 hojas es muy clara con respecto a las respecto a las responsabilidades de cada quien, no es un trabajo de 2 o 3 hojas y ya está, reiteramos que son 60 hojas con análisis de cada tramo de la investigación y que a nuestro criterio las podemos sintetizar en tres partes: el porqué de la investigación, la entrega de la obra presuntamente concluida y el descubrimiento de la verdad con la inspección OCI… No hay más que añadir a esta trama que ahora pretenden tergiversar aquel pequeñín aprendiz de Montesinos o Maquiavelito trucho, conocido como Alfi Tor, Speed, Aldín y cuanto nombre se le ocurra a este ex soplón del SIE.



Atentamente,

Dr. Pepe le Pú






domingo, 1 de junio de 2025

CON PANA Y ELEGANCIA EN COMAS... CUÁNDO NO 🤷‍♂️


➤Hoy repasamos brevemente un caso que tiene que ver con una malsana costumbre de muchos directores de colegios y malos padres de familia, que con el pretexto de resguardar la vida de sus hijos, han hecho leña de la constitución en su artículo 2, literal 11; el libre tránsito y el art. 321 de CP vigente; Obstaculización. 

Se trata del cierre de vías públicas con conos, sus personas y sobre todo barreras metálicas, pero no es solo eso, sino la sumada conducta matonesca de estos personajes, muchas veces resguardados por malos policías que lejos de respetar las leyes (Constitución y Código Penal), los apoyan por el supuesto bienestar de los escolares. Esa responsabilidad es de los padres de familia y los auxiliares de los colegios, no de los choferes de los cientos de vehículos que no pueden transitar libremente por las vías clausuradas por horas, eso es un abuso y los municipios los encargados de solucionar este problema.



¿CON QUE DERECHO CIERRAN DIARIAMENTE ESTA VIA VEHICULAR?


Hacemos mención especial a las autoridades del colegio JESÚS OBRERO de Comas: el cierre de la Av. Perú a la altura de dicho colegio es una infracción constitucional y un delito por la obstaculización de esa vía pública. ¿Quieren cuidar a sus hijos? Entonces déjenlos en las puertas de sus aulas y no jodan.


Atentamente,

Dr. Lamine




jueves, 29 de mayo de 2025

VERGÜENZA Y ESCANDALO EN MUNICOMAS


FUNCIONARIOS CORRUPTOS SECUESTRAN Y DESVIAN EXPEDIENTE CON DENUNCIA CONTRA GERENTE MUNICIPAL Y GERENTE OGA

Artículo 2. Definición y criterios para determinar la existencia de una organización criminal:

2.1. Para efectos de la presente ley, se consideran las siguientes definiciones:

Grupo con estructura desarrollada. Es el grupo de tres o más personas que no ha sido constituido fortuitamente y en el que necesariamente sus miembros tienen determinados roles y correlacionados entre sí, que logran de esa manera su permanencia en el tiempo e integración en la organización.


17. Delitos contra la administración pública, en las modalidades delictivas tipificadas en los artículos 382, 383, 384, 387, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del Código Penal.

 

Todo lo escrito líneas arriba tiene un propósito, que no es otro que mostrar cómo actúa esta gentuza que a ojos del público mal informado es una gestión municipal, el caso que denunciamos en esta oportunidad es la desaparición, secuestro u ocultamiento de un expediente que contiene la denuncia contra dos funcionarias de confianza de Ulises Villegas, se trata nada menos de la gerente municipal, la ing. geógrafa Fanny Rocío Flores Purizaca y la CPC, Kelly Cachique Aliaga. El expediente fue ingresado el pasado día jueves 22 de mayo a horas 13.59 en mesa de partes de la muni comeña y le asignaron el número de expediente 29019-2025 con destino a la Procuraduría Pública Municipal:


La correcta y debida tramitación nunca fue hecha, el expediente estuvo desaparecido varios días, pese a los reclamos del denunciante y del mismo procurador sin resultado alguno hasta el día de hoy, jueves 29 de mayo. Al menos ya aparece, por lo menos en la web de la muni comeña, pero con otro destino, nada menos que el de la GERENCIA MUNICIPAL. Cuando presentaron el expediente 29019-2025 lo hicieron destacando el destino del documento, es más, a mano le colocaron las siguientes palabras: con cargo a OCI. Y nunca, jamás pusieron GERENCIA MUNICIPAL, la responsabilidad primaria en la comisión de este delito, que no es otro que la OMISÍON DE ACTOS FUNCIONALES:

Artículo 377. Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales:

El funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa.



El delito de omisión de actos funcionales (artículo 377 del CP) es uno de infracción del deber, que se perfecciona con la sola omisión, sin exigir un resultado lesivo a la Administración Pública más allá de la propia inercia dolosa del funcionario, lo que implica que estamos ante un delito de mera actividad.

La jurisprudencia penal ha señalado que el delito de omisión de deberes funcionales se consuma cuando el funcionario no realiza una conducta a la que estaba obligado en razón de su cargo.

 

Después del relato sucinto de los hechos, queda sumamente claro que la intención del funcionario a cargo de la subgerencia de tramites documentarios, Edwin Subileti Areche, fue desviar la ruta del expediente 29019 con fines subalternos. No cabe otra explicación ni nos importa si hay otra. El documento ha sido desviado de su destino original y eso es delito, que la orden haya salido de la GM o del mismo alcalde es irrelevante, lo único que importa es el hecho de que esta seudo gestión edil actúa como una verdadera organización criminal: un grupo de gente con estructura desarrollada. Ahora la pelota está en la cancha de la gerente OCI, Jacqueline Victoria Alcas.


Atentamente,
Dr. Estrés



miércoles, 28 de mayo de 2025

PENSANDO EN VOZ ALTA, EL DESTINO DE LAS CAMIONETAS EN COMAS

 

Sin temor a equivocarnos y por nuestras ganas de llamar a los hechos por sus nombres, es que con este artículo pretendemos que los comeños sepan que la suscripción o firma del convenio entre el MININTER y MUNICOMAS está lleno de vaguedades y falacias al por mayor: el informe que sirvió de base, según varios informes, memorandos, cartas y una lavada de manos de la policía, es una caricatura del acto de Poncio Pilatos. Salvo dos oficios requiriendo la firma del convenio para la afectación en uso de 20 nuestras camionetas que tenían y tienen un fin predeterminado: el patrullaje integrado (intenso) establecido en el art. 1, OBJETO DE LA LEY, de la ley 29010, modificado por el DL 1571.


Pero al interior del informe aludido, encontramos el informe legal Nº 423-2025-OGAJ-MDC, elaborado por el abogado Muñoz Chuquiruna, el mismo que brilla por la falta de motivación en el análisis y la conclusión del mismo, además de ser mentiroso, al colocar unos dichos falsos los DS 035 y 046 solo hablan de inicios de la emergencia distrital y la continuidad por un mes más, como si de eso tratara del informe 1488 de la SGS-GSCFT. El maldito y corrupto informe seudo legal nunca informó que ese convenio no debía firmarse porque lo prohíbe el artículo Nº 01 del DL 1571 (el mismo que modificó la ley 29010). En resumen: un informe de asco y nauseas.


Si a esto le sumamos, la cláusula Nº 12 del convenio interinstitucional entre el MININTER y MUNICOMAS, el mismo que determina específicamente lo siguiente:


Y como colofón de las irregularidades les presentamos la RGM Nº 525-2025-GM/MDC, que es un monumento a la esquizofrenia u oligofrenia, depende de como juzguen ustedes los hechos materia del documento elaborado por Fanny Flores Purizaca y su corte de los milagros en gerencia municipal, así como el párrafo 3.13.1 del DICTAMEN Nº 06-CAJ/MDC:


En otras sociedades terrícolas deberíamos estar alegres y contentos, pletóricos POR LA AYUDA POLICIAL, pero con este alcalde, gerente municipal y funcionarios a cada cual más mediocre, lo único recomendable es estar moscas, no queda de otra y recuerden que las 20 camionetas no cuentan con póliza de seguro contra todo riesgo, así que el cómo nos entreguen los vehículos dentro de 19 meses y 15 días será entera responsabilidad de Ulises Villegas y Fanny Flores Purizaca. En dicho convenio no vemos nada que obligue a la división de emergencia PNP a devolver las 20 camionetas en perfecto estado, tal como las recibieron, salvo una mención a la volada de entregarlas en buen estado en el convenio, no hay nada más al respecto. Ya lo dijo Calderón de la Barca, los sueños, sueños son y solo nos queda soñar despiertos para que de aquí a fin de diciembre del 2026 las 20 camionetas no regresen hechas mazamorras o charangas para la cachina.

 

 Atentamente,

Dr. Pepe le Pú


 

 

domingo, 25 de mayo de 2025

COMAS SIN CAMIONETAS PARA EL SERENAZGO, ¿POR QUÉ? POR ANOMIA TOTAL EN METÁSTASIS


En las últimas semanas los comeños hemos sido testigos del cuento de la entrega en afectación en uso de 20 de nuestras 54 camionetas compradas para uso exclusivo del serenazgo comeño. 


Primero fueron las 14 camionetas MITSUBISHI compradas en 2021 bajo la gestión de Raúl Díaz Pérez y luego las 40 camionetas NISSAN FRONTIER, adquiridas en esta gestión de Ulises Villegas Rojas en medio de un escandalo producto de severas irregularidades: desde la conformación del comité de selección, cuya presidencia estuvo en manos del locador de servicios Víctor Salazar Cotera y esto sumado a la grosera sobrevaloración de las mismas, lo que finalmente condujo a una denuncia ante la Fiscalía anticorrupción de Lima Norte, que como siempre lleva varios mese$ y luego año$ hasta la acu$ación fiscal.

¿Hay actualmente 54 camionetas para el serenazgo de Comas? No, no las hay, no las tenemos, restan 20 camionetas entregadas en afectación de uso a la División de Emergencia, 5 o 6 fuera de uso por problemas (chancadas y malogradas), 6 camionetas asignadas irregularmente a otras áreas del municipio, (tres a fiscalización, una a rescate, otra a defensa civil y la última a transporte). Pero hay más: con los nuevos serenos CAS, las camionetas han sido distribuidas por gente que funge de jefe de operaciones y supervisores sin la menor idea de que es lo mejor y lo más operativo para nuestro serenazgo.

Desde el momento que han designado a un sujeto como Eduardo Alfaro Seminario como jefe de operaciones y ahora lo acompaña, el díscolo ex My. PNP Condori Palacios, pero mejor vean la lista de vehículos, donde operan y en manos de quienes:


Pero siendo importante para Comas estas maniobras distributivas de camionetas, de las que ya no quedan las 54 camionetas que formaban el serenazgo comeño, ahora, con algo de suerte nos podrían quedar 18 camionetas, ¿a qué se debe esta situación? Personalmente creemos que es por una absoluta ignorancia sobre las labores y funciones del serenazgo de Comas, otra razón podrían ser los pésimos funcionarios en dicha área, los pésimos locadores de servicios a cargo de puestos inexistentes dentro del Manual del Clasificador de Cargos y el inexistente CAP provisional, desde enero 2023 el manejo del serenazgo comeño ha estado y sigue estando en manos de gente sin la menor idea del quehacer municipal. Si a esto le sumamos los mediocres, incapaces y serviles funcionarios de confianza del inepto y mediocre alcalde junto a la inexistente fiscalización de los convidados de piedra que son los regidores, estamos jodidos de verdad.

¿Ha sido justa y legal la afectación en uso de las 20 camionetas compradas para uso exclusivo del serenazgo de Comas? Después de una exhaustiva investigación de este blog, creemos honestamente que no.

En un Informe de 110 hojas que aparentemente ha servido de base para el convenio interinstitucional con el MININTER vía la División de Emergencia PNP y la Municipalidad de Comas, elaborado por toda clase de personas, la gran mayoría, funcionarios de confianza, locadores de servicios y un seudo coordinador del CODISEC comeño, junto con los regidores que forman la Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de Comas. Sin ánimos de hacer un testamento de este artículo, les presentamos el VISTOS del Dictamen Nº 06-2025-CAJ/MDC: un largo párrafo donde se nombran una larga lista de informes, memos, cartas y demás cojudeces sin valor legal alguno, destacan dos documentos dentro de esta parafernalia de SERVILISMO obsecuente y nauseabundo.


Uno por su valioso aporte a demostrar palmariamente la ilegalidad del convenio de marras, el INFORME Nº 1488-2025-SGS-GSCFT/MDC de fecha 30 de abril de 2025 y el adefesio legal, entreguista y muy mal hecho, con la aparente intención de allanarse a las ordenes del alcalde y su gerente municipal. En las 7 hojas del mamotreto “jurídico” de Muñoz Chuquiruna, solo hay una referencia tramposa al mencionado Informe 1488 y esto con la mención de los Decreto Supremo 034 Y 046 que son exclusivos de la declaratoria de emergencia y su ampliatoria, ni una sola palabra sobre el DL 1571, que es la única ley que norma de manera correcta/precisa el destino de las 20 camionetas afectadas en uso al Escuadrón de Emergencia y la RGM Nº 525-2024, que al igual que la ley anterior declara y especifica que las 40 camionetas NISSAN FRONTIER SON DE USO EXCLUSIVO DEL SERENAZGO DE MUNICOMAS. A lo mejor so pretexto de luchar contra la inseguridad ciudadana, la criminalidad y la delincuencia estemos frente a una organización criminal, tal como lo describe la ley 30077 y su modificatoria:


Organización criminal:

Se considera organización criminal a todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa compuesto por tres o más personas con carácter permanente o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles correlacionados entre sí, para la comisión de delitos de extorsión, secuestro, sicariato y otros delitos sancionados con pena privativa de libertad igual o mayor de cinco años en su extremo mínimo, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro de orden material.


Atentamente,

Dr. Pepe Le Pú

jueves, 22 de mayo de 2025

PRIMERO OLIVERA🤢 , AHORA ANGIE 👑


LEY MARCO DE LAS COMPETENCIAS Y TRABAJO DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD

TITULO I
GENERALIDADES

CAPITULO I
DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD

Artículo 7º.- Profesionales de la salud que realizan actividades de apoyo

Las actividades de apoyo

a) Los profesionales de la Salud que realizan actos sanitarios en contacto con los pacientes son los siguientes: El odontólogo, el químico farmacéutico, el enfermero, la obstetra y el tecnólogo-sanitario (tecnólogo médico), el psicólogo, la asistenta social y el nutricionista.

 

b) Los profesionales de la Salud que realizan actos sanitarios sin contacto con los pacientes son los siguientes: el veterinario, el biólogo, el ingeniero sanitario y el ingeniero alimentario.

Para realizar actos sanitarios se requiere título o licenciatura en la profesión de la salud correspondiente.

Inspector sanitario: Es el personal autorizado quien ha cumplido los requisitos establecidos por la autoridad competente de nivel nacional, con responsabilidad para llevar a cabo labores de inspección, auditoría, la toma de muestras; entre otras actividades establecidas en la legislación sanitaria vigente.

Hasta dónde sabemos, de los 7 sujetos que fungen de técnicos sanitarios en el área de salud de MUNICOMAS, ninguno de ellos cumple con los requisitos señalados por la ley. Ver NTS Nº 142-MINSA-218-DIGESA, uno es veterinario, otro odontólogo, una tercera es ingeniera agroindustrial y el resto son técnicos administrativos y un par de locadores de servicios, pero de estos el peor es sin la menor duda el trabajador municipal permanente: FERNANDO VICTOR OLIVERA TORRES, este pobre diablo ya ha sido advertido infinidad de veces que no siga usurpando funciones porque no es técnico ni inspector sanitario, inclusive hemos publicado una consulta por transparencia hecha a DIGESA sobre su condición de “inspector” o “técnico” formado en esa entidad de Salud y la respuesta es negativa, entonces, ¿por qué sigue en esas malas prácticas que infringen la ley? La respuesta es sencilla: porque es conocido en los cientos de negocios que ha “intervenido” a lo largo de los años y para un tipo inescrupuloso como este, eso es plata en el banco. Ahora Olivera Torres funge de jefe de este esquipo de salud trucho y el brazo operativo es la “inspectora sanitaria” Angie Joselyn Daga Ayala, ¿por qué consideramos a esta señorita como la peor de todo el equipo? Por dos razones: primero, porque es una profesional, ingeniera agroindustrial y sabe o debe saber los principios básicos morales, la decencia y la dignidad para no aceptar trabajar en un puesto para el que no se está preparada, solo veamos muy a la ligera cuales son las funciones de un ingeniero agroindustrial:

Funciones del ingeniero agroindustrial

Los ingenieros industriales diseñan, ejecutan y gestionan plantas de procesado de alimentos y bebidas (conserveras, lácteas, industrias cárnicas, vitivinícolas, etc.). Además de desarrollar e introducir mejoras en los procesos de transformación de los productos de origen natural.


Segundo, porque la mencionada ingeniera no es trabajadora municipal de la muni comeña, no tiene ningún vínculo laboral y es la ley 31298, en su art. 3, literal 1, la que le prohíbe desempeñar labores administrativas que desnaturalicen su contrato como locadora, siendo de responsabilidad administrativa, civil y penal de la funcionaria que utilice, permita o  contrate a esta locadora, ergo, es responsabilidad de la subgerente de salud: Ysabel Castañeda Aguirre, y por línea jerárquica también es responsabilidad de la gerente del área, que no es otra que Elizabeth Sulca Solano.

Daga Ayala tiene el cinismo de elaborar y firmar actas de constatación, para luego hacer el informe respectivo que sirven de base para los IFI y RSA de la subgerencia de Fiscalización en un flagrante atentado contra los derechos de los administrados que son sancionados abusivamente con estos documentos carentes de legalidad y todo esto bajo la corrupta y mediocre gestión de la gerente municipal: Fanny Flores Purizaca

Nuestro blog, noapaguenlaluzvol2, viene denunciando los actos de esta dama y los sinvergüenzas que la acompañan en sus correrías violatorias de la ley...



La indocta Flor Ramírez Ayala, la misma que funge de “COORDINADORA de fiscalización”, puesto creado exclusivamente para ella, ya que si revisamos el Manual de Clasificador de Cargos y el CAP provisional (que no existe en esta gestión) veremos que no existe dicho puesto, Ramírez Ayala usa los servicios de estos seudo inspectores o técnicos sanitarios con pleno conocimiento de causa que los referidos individuos no cumplen con lo prescrito por la Autoridad de Salud, lo mismo sucede con los ITSE que utiliza la tipeja de marras en sus operativos inopinados que ella dirige y organiza con total impunidad, todo esto nos lleva a preguntarnos, ¿dónde miércoles anda y a qué se dedica el subgerente, (sobre el papel) de Fiscalización ABEL PERALTA?


Porque no se trata solamente de Angie Daga Ayala, Fernando Olivera Torres sino de Renato Espinel, Alfredo Casanova Pastor, Rosa Tolentino Vega, Yuli Ari Huanca o Janelis Paredes, se trata de la subgerente de Salud que no es otra que la nutricionista Ysabel Castañeda Aguirre, que sabe perfectamente que ninguno de los sujetos que usa como INSPECTORES SANITARIOS es tal, ni uno solo y eso implica un hecho: que ella es cómplice en los actos de usurpación de funciones que cometen diariamente sus protegidos.


Atentamente,

Dr. Pep Guardiola


COMAS CUESTA ABAJO EN SU RODADA: PERÚ DISEÑOS Y SERVICIOS GENERALES

  📄 Marzo de 2026,  a escasos 9 meses de terminar esta podrida y corrupta gestión, que inició con Ulises Villegas Rojas cuya gestión marcad...