Nuestras peores pesadillas se hicieron realidad hace menos de 48 horas cuando recibimos la copia de la IFI Nº 695-2023-SGF-GSCFT/MC (en relación con la NMI Nº 003440-CO) DE FECHA 18 DE OCTUBRE DE 2022, dicha notificación impuesta el año pasado en plena gestión nefasta y corrupta de Raúl Díaz Pérez y su secuaz Juan Carlos Jara Alvarado (actual gerente de Fiscalización en Carabayllo) violaba las normas sobre la contratación de operarios municipales para luego vía una írrita resolución de la nefasta Subgerencia de control y operaciones volverlos “fiscalizadores” municipales con capacidad sancionadora como veremos a continuación:
lunes, 24 de octubre de 2022
EXTORSIONES A GRANEL EN COMAS Y EL ALCALDE, BIEN, GRACIAS
Este funcionario de pacotilla, que ha resultado ser el gerente de Fiscalización y Transporte a la vez que subgerente de Control y Operaciones, José Carlos Jara Alvarado, abogado de profesión y sin los requisitos que exige la ley para ocupar tales cargos, experiencia y capacitación, lo único que tiene a su favor es el título profesional, pero inteligencia y honestidad le faltan a gritos, así como dignidad en sus actos funcionales, como veremos a continuación.
El sujeto de marras fue designado el 14 de octubre como gerente y el 15 como subgerente, casi de inmediato nos trajo una banda de delincuentes extorsionadores a modo de seudofiscalizadores municipales, “legalizando” así su situación laboral con la resolución subgerencial Nº 001-2022-SGCYO.GFT-MDC. Pero ¡oh, sorpresa!, la bendita resolución que concede “facultades sancionadoras” a esta gavilla de malandrines y malandrinas, el dichoso documento no es más que un copia y pega de dos artículos, de dos ordenanzas y un artículo de la Ley 27444.
Cuidado que nada de lo citado en la resolución faculta a Jara Alvarado a transferir facultades sancionadoras a los integrantes de su banda, como lo anunciara públicamente el tarado del alcalde, mostrando una lista de 15 miserables como fiscalizadores municipales. Y ahora sabemos que son muchos más los que no aparecen en esa lista, personas como: Johnny Huarhua Ramos, Cristel Cobba Santana, Franco Lester Espinoza López, Christofher Nikol Bueno Cornejo, Cristina Molero.
ART 239 LEY 27444
LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE FISCALIZACIÓN (Capítulo I-A incorporado por el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1272)
Artículo 239.- Definición de la actividad de fiscalización
239.1 La actividad de fiscalización constituye el conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, control o inspección sobre el cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, derivados de una norma legal o reglamentaria, contratos con el Estado u otra fuente jurídica, bajo un enfoque de cumplimiento normativo, de prevención del riesgo, de gestión del riesgo y tutela de los bienes jurídicos protegidos. Solamente por Ley o Decreto Legislativo puede atribuirse la actividad de fiscalización a las entidades.
La pretendida facultad de sanción conferida a estos delincuentes bajo el manto “protector” de la RSG Nº 001-2022-SCO-GFT-MDC, no es más que un engaño bochornoso de este infeliz corrupto llamado José Carlos Jara Alvarado, un copia y pega vulgar y estúpido porque no engaña a nadie. En consecuencia, amigos, todas las NMI y ACI impuestas por esos malandros SON NULAS DE PLENO DERECHO.
Mucho cuidado vecinos de Comas, comerciantes, medianos y pequeños empresarios y emprendedores en general, lo que denunciábamos en octubre del 2022 se ha tornado una dura y malvada realidad, las NMI impuestas por personas inhábiles para tales efectos son ahora utilizadas como instrumentos “legales” por la gestión corrupta de Luz Yanina Abanto Abanto, Gerente Municipal de Comas y con responsabilidades señaladas objetivamente por la LOM 27972.
jueves, 13 de octubre de 2022
¿HASTA CUÁNDO SE SEGUIRÁ LLENANDO LA MUNICIPALIDAD DE COMAS CON ABOGADOS TRAIDOS DEL MONTÓN?
¿POR QUÉ EL ALCALDE DE COMAS PERMITE QUE UN FUNCIONARIO DE UN ÓRGANO DE LÍNEA DICTE DISPOSICIONES RESERVADAS A LA ALTA DIRECCIÓN, Y QUE NO SE ENCUENTRAN ENTRE SUS ATRIBUCIONES?
¿POR QUÉ PONE LOS EMPRENDIMIENTOS DE MILES DE COMEÑOS EN MANOS DE PERSONAS SIN PREPARACIÓN E INHÁBILES LEGALES?
Vamos por lo sano, si don Jara Alvarado, José Carlos, abogado de la cachina, y Subgerente (e) de Control y Operaciones de Comas, ha requerido personal locador en la función o cargos de OPERARIOS MUNICIPALES, entonces que carajo significa: “DESIGNAR COMO INSPECTORES MUNICIPALES ADSCRITOS A LA SUBGERENCIA DE CONTROL Y OPERACIONES, ¿al personal que se detalla a continuación?
1. Briceño Barrera Fiorella Astrid, con DNI Nº 47094598
2. Calvo Vega Armando Javier, con DNI Nº 08010706
3. Castañeda Sedano Rosmery, con DNI Nº 44543993
4. Checa Tobaru Luis Ricardo, con DNI Nº 08097925
5. Leyva Machuca Joao Eduardo, con DNI Nº 46487863
6. Milla Piña Cintia Mayra, con DNI Nº 48417359
7. Morales Muñoz Emilio Bernardo, con DNI Nº 40597090
8. Núñez Barrera Pedro Antonio Vicente, con DNI Nº 10747950
9. Pizarro Obregón Daniel, con DNI Nº 25456605
10. Rabanal Saldaña Oscar Abel, con DNI Nº 41390313
11. Reyna García Lee Denyelly, con DNI Nº 70097890
12. Roncal Vargas Percy Antonio, con DNI Nº 42809014
13. Urcuhuaranga Medina Hugo, con DNI Nº 42198355
14. Vásquez Vilca Edwin Jeancarlos, con DNI Nº 48148336
15. Guadalupe Ramírez Yolanda, con DNI Nº 40963944.
Así reza la Resolución Gerencial, no publicada (siguiendo el ejemplo del peor alcalde de Comas) y escondida del escrutinio público, que, mediante su Artículo Primero, “DESIGNA” a los 15 locadores de servicios listados, requeridos inicialmente como OPERARIOS MUNICIPALES, por la Subgerencia de Control y Operaciones, y que, ahora, por designio del Gerente de Fiscalización y Transporte, de Comas, estrenan los novísimos cargos y encargos de INSPECTORES MUNICIPALES.
¿REQUERIR OPERARIOS Y DESIGNAR A LOS MISMOS COMO FISCALIZADORES? NOS HUELE A ADULTERAR O TRAMPEAR
Salgamos de las dudas primero. Según el diccionario de la Real Academia de la lengua española -RAE, con el término Operario se nombra a los trabajadores manuales u obreros.
De otro lado, el vocablo “DESIGNAR”, no se encuentra establecido en la relación de naturaleza civil, propia de los locadores de servicios, regulada por el Código Civil peruano (Decreto Legislativo 295, promulgado el 24-julio-1984) y la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo N° 082-2019-EF, TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado).
Por el contrario, es un concepto ampliamente establecido y usado en el régimen laboral de la actividad pública, regulada mediante Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público (a través de su Art. 14º y Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final), el Decreto Supremo Nº 005-2010-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276 (a través de su Art. 77º), y, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil (a través del Art. 81º), que han definido la designación como un procedimiento de desplazamiento de un personal de carrera, o el desempeño de cargo directivo público o de confianza.
Los Operarios municipales que se listan líneas abajo (así fueron requeridos por el Subgerente de Control y Operaciones), ahora llamados Fiscalizadores Municipales (por el mismo abogado, ahora en a condición de Gerente de Fiscalización y Transporte), claramente no son servidores de carrera, ni directivos públicos o de confianza, y, claramente tampoco pueden ser DESIGNADOS para cargo público alguno.
PERO ¿QUÉ PASÓ ENTRE EL MOMENTO EN QUE EL ABOG JARA ALVARADO JOSÉ CARLOS EFECTÚA EL REQUERIMIENTO DE SERVICIOS, EN SU CONDICIÓN DE SUBGERENTE DE CONTROL Y OPERACIONES, Y EL MOMENTO DE LA “DESIGNACIÓN” DE LOS 15 ANGELITOS, EFECTUADA POR ESTE MISMO SEÑOR, EN LA CONDICIÓN DE GERENTE DE FISCALIZACIÓN Y TRANSPORTE?
A los Locadores de Servicios, requeridos oficialmente como Operarios Municipales, ahora “designados” Fiscalizadores Municipales, se les irroga las funciones de: Erradicación del comercio ambulatorio, Fiscalización de establecimientos comerciales y predios, e Imposición de Notificaciones Municipales de Infracción, en nombre de la Municipalidad distrital de Comas.
No hay duda de que, los requeridos Locadores de Servicios requeridos oficialmente como Operarios municipales, ahora “designados”, invaden atribuciones de orden general y funciones de naturaleza permanente, reservadas a personal de planta o con vínculo laboral.
Así, la función de Erradicación del comercio ambulatorio (que no es otro que el Ordenamiento territorial, se encuentra regulado con Art. 73º y otros de Ley Nº 27972, LOM), la función de Fiscalización de establecimientos comerciales y predios (se encuentra dispuesta con Art. 79º de la Ley Nº 27972, LOM, y el segundo, a través del Art. 70º de la Ley Nº 27972, esta última desarrollada a través del párrafo 2do del Art. 5º del Decreto Legislativo Nº 776 o Ley de Tributación Municipal), y la función de Imposición de Notificaciones Municipales de Infracción (atribuida como atribución exclusiva del gobierno local, y en ejercicio de la capacidad sancionadora, Art. 46º de Ley 27972).
Y por ello, tampoco cabe duda de que los locadores de servicio, en esas condiciones, son personas objeto de la prohibición expresa de la Ley Nº 31298, Ley que prohíbe a las entidades Públicas contratar personal mediante la modalidad de locación de servicios para actividades de naturaleza subordinada, ordenada a través del numeral 3.1 de su Art. 3º.
En otras palabras, la Ley Nº 31298, tiene como objeto impedir que se desarrollen contratos de naturaleza civil para cubrir servicios de naturaleza laboral, es decir: redunda en que las prestaciones de carácter personal, subordinado y remunerado no deben ser prestadas a través de un contrato de locación de servicios, incidiendo en que tal prohibición se aplica a todas las entidades del sector público.
Hechas las precisiones del caso sobre este espinoso asunto volvemos a la IFI Nº 695-2023, esa basura que pretende
darle validez a una NMI írrita, nula de pleno derecho, la NMI de marras no es
otra que aquella que fuera impuesta por el seudo fiscalizador FRANCO LESTER
ESPINOZA LÓPEZ, el mismo que fuera denunciado penalmente junto con el miserable
ex gerente y subgerente de Fiscalización de Comas, Juan Carlos Jara Alvarado
ante la Fiscalía Anticorrupción.

Muy cierta y respetable la opinión de Aldo Mariátegui cuando nos dice lo siguiente;
ResponderBorrar2) Es falaz que afirme que no abrió investigación porque esta no podía basarse solo en “una denuncia periodística”. Primero, las denuncias periodísticas suelen presentar indicios muy razonables para que los fiscales hagan su trabajo. Y no era una, sino VARIAS y muy serias denuncias periodísticas:
Así que a esos funcionarios chichas y super corruptos de Ulises Villegas no vengan con cojudeces de quienes denuncian en Comas son blogs o portales, a mucha honra pezuñentos, medios digitales a mucha honra, pero decentes y honestos, bueno, no todos, pero si los mejores sin ninguna duda.
En la ejecutoría Coactiva Administrativa hay un borrico de nombre Darwin, dizque resolutor, que cree que la ley de procedimiento administrativo general es la 24777 y que aún estamos en 2022, ese zopenco no revisa lo que escribe.
ResponderBorrarAmigo Bumester, hablando de esas dos fieras de catastro y obras privadas; Fernando Rodríguez y Cesar Hernández, esos dos son sus "HIENAS", del llenador de techo, Amézquita, en la gestión de Saldaña era un chibolero al mango. Segurolas que el "Billegas" no le alcanza y suelta a sus depredadores, para atacar y chupar la sangre de los sufridos administrados y el crespito" tramposo monse", frotándose las manos.
ResponderBorrarLa Foca y el Foco tratan de aletear escribiendo cojudez y media, que viejos de mierda rajones, que no tienen pruebas, bla bla bla, las cosas son sencillas, foca cobarde y delincuente al igual que tu partner o socio, no quieren que los jodan entonces no extorsionen a los administrados, pidan su rotación y empiecen de cero, pero eso no va a pasar ni en mil años, ustedes son dos basuras que viven del apretón al vecino con el apoyo del llenador de techos.
ResponderBorrarSoy propietario de un mototaxi, que ya pasé mi inspección, pero un seudo inspector de transporte y vialidad, a pesar de que mi moto está en perfectas condiciones me busco la sinrazón y me pidió mínimo 10 soles, para aprobar mi ficha técnica.
ResponderBorrarIndignación e impotencia, sentimos los vecinos del jirón Asunción en el Parral al constatar que pese a las innumerables quejas y denuncias que hemos realizado ante la municipalidad, hacen caso omiso a nuestras quejas. En donde está el orden y disciplina que tanto pregona el alcalde Ulises.
ResponderBorrarSr cesar espero le haya comentado al doc Ulises lo de esos miserables La foca y el arquitecto trucho que siguen en catastro a fin de ser expectorados....espero gane su lucha contra esos corruptasos
ResponderBorrarEse sujeto atorrante y fulero junto al nako Rodríguez son culpables de corrupción descarada y abyecta, pero los culpables de mantenerlos en esos puestos son el llenador de techos y crespito, ojo, locador de servicios sigues firmando informes técnicos como antes con el MALL PLAZA COMAS, seguro quieres otra camioneta nueva.
ResponderBorrar¿Y cómo van las cosas por los cementerios de Comas? esa subgerencia siempre ha estado jefaturada por funcionarios de confianza honestos, decentes, dignos, con un personal idóneo, calificado, técnico y profesional, ja ja ja ja, ¿qué dijeron? ya me aceitaron con una cámara o 2,500 luchos, no, no, Foca ni Foco, no todos somos iguales, malditos corruptos, a ver, una preguntita para Anita, ¿siguen metiendo material de construcción para nichos en los tres cementerios comeños? otra preguntita para Anita y Lianita, ¿se quedarán los serenos recién rotados o ya resignados se quedarán para siempre en cementerios? les va a caer, alguito, pero les va a caer, ¿de quién son esas palabritas Anita? seguiremos con los destapes en ese antro de la corrupción, guarda Ulises si es que no sabes lo que pasa en esa guarida de bandidos.
ResponderBorrarEl veneco tenía un arma de fuego en pleno robo de la camioneta y los serenos del GIR se aventaron en una a capturarlo pese a no contar con armas, ¿quieren otro Chavito en Comas? esos chicos del GIR no saben dónde están parados, sin la debida preparación y adiestramiento serán presa fácil de la delincuencia y criminalidad, dejen de jugar a los policías con las vidas de estos imberbes que por un sueldo miserable arriesgan sus vidas, véanlo de otra manera, si le pasa algo a un GIR, ¿quién responde por ello? el primer día salen todos a declarar cuando hay TV y cámaras, después el olvido tota de los deudos, no tienen seguro, no están en planilla, ¿saben por qué? porque son locadores de servicios, no son trabajadores municipales con vínculo laboral, no sean malos con esta gente, dejen a la PNP hacer su trabajo y no jodan.
ResponderBorrarAlgo que no ha pasado desapercibido para la mayoría de lectores habituales del blog es la advertencia hecha por nuestrol director sobre la gravedad de estos IFIs (INFORMES FINALES DE INSTRUCCIÓN) de la subgerencia de fiscalización de Comas, esta área municipal de la muni comeña manejada por una persona tan incompetente como esta señora Elizabeth Sulca Solano, quien no tiene experiencia previa alguna en dicho cargo, de ahí que veamos estos hechos vergonzosos en agravio de miles de comerciantes, mypes y emprendedores en general, personas y empresas que se van a ver afectadas no solo económicamente sino laboralmente en sus actividades diarias y por qué no en su permanencia en el mercado, darle validez a sanciones impuestas por personas que no han pertenecido al municipio comeño al ser locadores de servicios y que ahora sus NMI sean consideradas como válidas legalmente es el colmo del abuso y del absurdo, si solo consideramos una NMI con una multa de una UIT de 4,950 soles, en 1,000 multas hay para exaccionar o cobrar ilegalmente la friolera de 4'950,000 soles por la vía coactiva administrativa y así con 2,000 NMI, 3,000 NMI, pero imagínense si cada NMI es por 2, 3 y hasta 4 UIT, estaríamos hablando de 19'800,000 solo en 1,000 NMI, si esto no es un asalto a mano armada ¿qué es por amor de Dios?personalmente creo que la responsable de todo este desastre y angurria es la gerente municipal, Yanina Abanto Abanto, ella es según la LOM 27972 la responsable del manejo administrativo de la municipalidad de Comas, peor aún con la delegación de facultades dadas por el alcalde Ulises Villegas, según Resolución de Alcaldía.
ResponderBorrarSe vienen los embargos coactivos administrativos con todo lo que esto conlleva, embargos de cuentas bancarias, inscripciones de predios y vehículos en SUNARP, inscripciones en INFOCORP, etc, etc.
Algún comeño inteligente, que los hay a montones en nuestro amado distrito, nos podría explicar que parte de esto no entiende el cretino que la pega de resolutor de fiscalización, autor del IFI Nº 695-2023, cuando en su malhadado informe señala lo siguiente, " El procedimiento sancionador se inicia con la formulación de la NMI impuesta por el órgano instructor a través de su Inspector Municipal al administrado o su representante, luego de haberse constatado y/o determinado la comisión de una infracción administrativa, la cual tiene mérito y eficacia probatoria al haberse expedido por la autoridad municipal competente", nada más ni nada menos, el cretino e imbécil resolutor, locador de servicios para más señas, jamás se preocupó de verificar si la autoridad competente responsable de la NMI de porquería era verdaderamente trabajador municipal competente y no un ajeno total a la muni como FRANCO LESTER ESPINOZA LÓPEZ, quien recién en noviembre de 2022 fue contratado como locador de servicios, basta revisar los documentos expedidos por la subgerencia de abastecimientos y de RR HH en relación a la pregunta de una administrada si el delincuente que fungía de inspector municipal era trabajador de la muni y asunto acabado, pero no, nada de eso, se trata de cobrar NMI írritas a como dé lugar, para eso se necesita las Sulcas Solanos, gente que no pregunte ni cuestione ordenes, solo efectué los mandados sin dudas ni murmuraciones.
ResponderBorrarLa opinión pertenece al afamado Dr. en Salud Pública Omar Neyra, mil disculpas a nuestros lectores, salvo la opinión personal de nuestro director sobre la actuación criminal del lagarto.
ResponderBorrarFUERTES DECLARACIONES DE CARLOS NEUHAUS SOBRE MUNICIPIOS:
ResponderBorrarEn otro momento comentó que los costos de cada multa son realmente elevados.
“Es una extorsión, un abuso de posición de dominio y este tipo de cosas debe pararse. Estamos entrando a una cultura chicha. Las multas que nos ponen en cada cierre son de 30 a 50 mil soles y si cierran una fábrica pueden llegar a 100 mil. Si un gobierno municipal está con déficit hacen eso. Al centro comercial le dicen si no pagas la multa no te dejamos abrir”, añadió.
Esa tía Liana Vela de salud se pasa de conchán, calificar de equipo técnico a ese trío de saltimbanquis que la pegan de inspectores sanitarios es el colmo de la pendejada, ni uno solo es biólogo o técnico en biología, a Fernando Olivera lo trata de doctor o sea que Renato y Castellanos son nobeles en biología ¿y Anita la huerfanita que es?, doctora en ciencias ocultas, que pendejos esos vagos, hombre y mujeres del serenazgo que ya no quieren irse del cementerio, seguro ya les cayó alguito, ¿no Anita?
ResponderBorrarAlgo similar no puede hacer Ulises Villegas de Comas con todas esas miles de NMI trafas impuestas por gente que no pertenecía a la muni comeña y que fueron contratadas irregularmente como operarios municipales por un funcionario de Raúl Díaz Pérez, para luego ser considerados como locadores de servicios pero en modo alguno trabajadores municipales con vínculo laboral, en consecuencia todos sus actos son nulos de pleno derecho y no como ahora que la Sulca Solano pretende darle valor legal a esas multas para cobrarlas por la vía coactiva administrativa, eso no solo es un abuso sino un delito.
ResponderBorrarCOMPAÑER@S BNS DIAS PARA CONOCIMIENTO SE QUE LA MENTE ES FRAGIL Y NOS OLVIDAMOS LAS COSAS, LAS CERTIFICACIONES DE PAGO HASTA DIC.DE ESTE AÑO PRESUPUESTO LO HA REALIZADO EN LA FUENTE 7,8 y 9 LOS QUE ESTÁN EN LA FUENTE 8 Y 9 DESDE AYER Y HOY YA COBRARON Y LOS 200 COMPAÑER@S QUE ESTAMOS EN LA FUENTE 7 SE HARA EFECTIVO A PARTIR DE MAÑANA LO INPORTANTE QUE YA SE REALIZO DICHO DEPOSITO Y A L@S COMPAÑER@S QUE COBRAN EN EL SCOTIABANK SI NO REFLEJA HOY SERA PARA MAÑANA Y NO OLVIDARSE QUE ESTAMOS RECIEN 28 DEL MES Y TODAVIA ACABA EL MES GRACIAS POR SU COMPRENSIÓN 👍🦜✊
ResponderBorrarY REFERENTE AL DEPOSITO DE LA CTS ESTÁ POR CONFIRMAR A QUE ENTIDADES Y CAJAS YA HICIERON LAS TRANSFERENCIAS DESDE EL DIA VIERNES AL SCOTIABANK PARA LUEGO DICHO BANCO RECIEN TRASFIERA AL BANCO O CAJAS ESCOGIDAS POR USTEDES Y LES PIDO POR FAVOR, MÁS MESURA Y SIN SARCASMOS PRIMITIVOS EN SUS INTERVENCIONES Y DEMUESTREN SU CULTURA POR QUE DEPENDE DE ELLO SE VE SU ÉTICA Y PERSONALIDAD Y TODO CON RESPETO GRACIAS UNA VES MÁS POR SU COMPRENSIÓN 👍
ResponderBorrarEn la municipalidad de Comas siguen los nombramientos ilegales, para ejemplo basta un botón.
ResponderBorraren la Gerencia de gestión medioambiental, acaba de asumir el cargo de Gerente el sr Felix Elias Rojas Lujan, que, a igual que sus antecesores, no reúne los requisitos exigidos por la ley 31419 y su reglamento decreto supremo nro. 053-2022-pcm, ya que no tiene una carrera afín al cargo de nombramiento, no tiene la experiencia general mínima de 4 años porque recién se tituló el 20 de julio del 2021 en la universidad señor de sipan, y porque no tiene la experiencia especifica mínima de 3 años en temas relacionados con la gestión municipal.
Son tres razones más que suficientes para que no continue en ese cargo directivo tan importante para el distrito de comas.
En esta gestión, este señor tiene el triste mérito de ser un funcionario más que llega sin los requisitos que la ley ha dispuesto.
lunes, 23 de enero de 2023
ResponderBorrarALCALDES, FUNCIONARIOS DE CONFIANZA Y REGIDORES CÓMPLICES EN LA CORRUPCIÓN
Entonces, señores, ¿quién nos puede decir bajo qué razones, motivos o circunstancias el alcalde de Lima Rafael López Aliaga ha designado a Isabel del Rocío Ayala Melgarejo en dos (2) gerencias en la MML, violando las normas y recomendaciones de la CGR en relación a varios cargos concentrados en una sola persona? ojo, que se habla de hasta 4 gerencias, ¿será cierto eso?
Por otro lado, la Ayala Melgarejo es licenciada en Administración y paren de contar.
El sr. Sachahuaman no es ING solo q tiene su negocio de construcción.
ResponderBorrarNo escriban tonterías, ese operativo fue mal hecho, desde su concepción estuvo mal planeado, Jordán y Villa saben de qué hablamos como policías que han sido, la Sulca Solano nunca le informó a su jefe superior inmediato de sus intenciones de intervenir el burdel, ¿por qué? la Sulca jamás convocó al subgerente de serenazgo para el apoyo de los GIR, por último y no por ello lo menor, ¿por qué la Sulca Solano no pidió el apoyo del personal policial de la comisaría de SANTA LUZMILA y también de la fiscalía, si su intención verdaderamente era clausurar el chongo, ese fiscalizador joven y gordo al que le han herido la frente debería ser despedido de inmediato, fue uno de los promotores de la gresca por su conducta violenta y conflictiva.
ResponderBorrarHasta donde se sabía ese local se llamaba OLIMPO VIP, que los proxenetas le cambien el nombre se debe entender como una jugarreta para confundir a los municipales, pero lo más importante de todo esto es la responsabilidad funcional y penal de la gerente municipal, ella tiene por delegación de funciones y por expreso encargo de la ley 27972 la responsabilidad por los que hagan o dejen de hacer los funcionarios, por tanto lo que ha hecho la subgerente de fiscalización cae bajo la responsabilidad de Yanina Abanto Abanto y no del alcalde, salvo mejor parecer, aunque no creo equivocarme en mi concepto.
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