A 24 hora de finalizar el año 2023, volvemos a publicar este artículo que
guarda una extraordinaria vigencia, escrito el 31 de diciembre del 2022, ponía
en evidencia la falta de legalidad de miles de NMI írritas impuestas por
locadores de servicios sin vínculo laboral con MUNICOMAS. Pese a las conversaciones
mantenidas con Ulises Villegas Rojas, alcalde electo para esas fechas y con su
presidente de la Comisión de transferencia y ex jefe de campaña de las
elecciones de ese año, José Calvo Andrade, sobre el tema de la anulación de las
referidas NMI, nunca cumplió su palabra de poner fin a esa barbaridad cometida
en agravio de miles de comerciantes, mypes y emprendedores de todo Comas.
Es más, no solo no las ha anulado, sino que ahora muchas de estas NMI ya
han producido IFI, RSA, incluso muchas están con CONSTANCIA DE EXIGIBILIDAD en
EJECUTORÍA COACTIVA con Lucía Romero Hurtado, personaje abusivo que no se
caracteriza precisamente por su tino y buen trato a los agraviados con estas
NOTIFICACIONES MUNICIPALES DE INFRACCIÓN TRUCHAS, listas para la resolución N.º 01 y el embargo de la cuenta bancaria respectiva.
sábado, 31 de diciembre de 2022
CAUSALES DE NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Antes de analizar cuáles son las causales de nulidad del acto administrativo, vamos a determinar en qué consiste la nulidad y cuáles son sus efectos.
La nulidad es la condición jurídica por la cual un acto jurídico, para efectos de este informe, un acto administrativo deviene en ineficaz por no reunir los requisitos de validez o ha incurrido en las causales de nulidad previstas en la normatividad aplicable. La nulidad genera que este acto no surta efectos desde su emisión, es decir, como si nunca se hubiera emitido.
De tal manera que, si ya hubiera tenido consecuencias en la realidad, estas deberán retrotraerse al momento anterior a la emisión del acto y, de no ser posible esto, se deberá resarcir a la persona o personas perjudicadas con el acto nulo.
Vemos ahora cuáles son las causales de nulidad del acto administrativo previstas en la Ley N° 27444.
A) La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias.
De acuerdo con la Ley N° 27444, el acto administrativo que sea emitido sin observar la Constitución, las leyes o las normas reglamentarias es nulo y, por lo tanto, no debe surtir efectos.
Sobre este punto, debemos mencionar un tema importante. Si bien es cierto que la Ley N° 27444 dispone la nulidad del acto emitido en contravención a la Constitución y las leyes, el hecho es que los funcionarios administrativos no gozan de la facultad discrecional para determinar cuándo un acto no es acorde con las disposiciones constitucionales o legales.
Es decir, si se emite una norma reglamentaria en virtud de la cual se reconoce un derecho a favor de los administrados, pero esta norma no se ciñe a las disposiciones de mayor rango como las leyes o la Constitución, el funcionario público no puede dejar de aplicar la norma reglamentaria, pues carece de la facultad para realizar un control de legalidad y negarse a emitir el acto por ser la norma reglamentaria ilegal o inconstitucional.
B) El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservación del acto a que se refiere el artículo 14.
El acto administrativo es nulo cuando carece de alguno de los requisitos de validez, según ya hemos señalado.
Sin embargo, la Ley señala que la nulidad puede evitarse si se presenta alguno de los supuestos de conservación del acto administrativo previstos en el artículo 14 de la Ley. La conservación del acto administrativo no implica que el acto deja de ser nulo, sino que, por determinadas circunstancias, la nulidad es superada por tratarse de defectos o vicios que no son trascendentes.
C) Los actos expresos o los que resulten como consecuencia de la aprobación automática o por silencio administrativo positivo, por los que se adquiere facultades, o derechos, cuando son contrarios al ordenamiento jurídico, o cuando no se cumplen con los requisitos, documentación o trámites esenciales para su adquisición.
En este caso, el acto administrativo es nulo al haberse omitido alguno de los requisitos previstos para que se conceda la solicitud o recurso.
D) Los actos administrativos que sean constitutivos de infracción penal o que se dicten como consecuencia de la misma.
Este supuesto se refiere a los casos en los que el acto administrativo constituye un delito tipificado por el Código Penal u otras normas con rango de ley. También se refiere al caso en el que el acto administrativo es emitido como consecuencia de un acto delictivo.
Un interesante informe elaborado por una joven abogada que no deja nada a la oscuridad y que nos va a ayudar tremendamente a explicar y exponer el gravísimo problema generado en Comas con la designación de un sinvergüenza abogado de nombre José Carlos Jara Alvarado como subgerente de Control y Operaciones de Comas, acompañado en dos etapas, de lacras que hasta el día de hoy 31 diciembre de 2022 siguen en sus delincuenciales actividades en contra de la población de comerciantes, mypes y emprendedores en general, a vista y paciencia del alcalde y sus regidores amén del gerente OCI del municipio comeño.
Con relación a este álgido tema que ya hemos tratado en exceso, si cabe la palabra, es mejor sin embargo reiterar que olvidar y ahí le vamos:
A raíz de las denuncias penales de los ciudadanos Roxana Ari y Percy Palomino contra el accionar del funcionario de confianza de la Municipalidad de Comas en el cargo de subgerente de Control y Operaciones, José Carlos Jara Alvarado, quién de manera ilegal y delictiva ha designado a 29 locadores de servicios como inspectores-fiscalizadores municipales con facultades sancionadoras sin tener vínculos laborales con la referida comuna, así como también que este sujeto se haya auto asignado funciones que la ley no le permite, como esta de designar previa contratación a locadores para tareas administrativas que conllevan subordinación, horarios y demás. Funciones netamente administrativas, negadas por ley a estas personas. Ni la suspensión de la ley 31298 hasta fines de año merced a la ley de presupuesto de 2020 sirve para modificar el sentido de la prohibición de los locadores para dichas tareas administrativas ya que para eso están el Código Civil, el articulo 1764 y la ley SERVIR.
Todo el prolegómeno anterior sirve para preguntarle públicamente al fiscal Marco Antonio Carrasco Campos a cargo de las investigaciones de ambas denuncias, que han sido reunidas en una sola, de expediente #254-2022, ¿cuál es el sentido de la pregunta hecha a la denunciante Roxana Ari Acuña, al inquirir en por qué califica de delitos las contrataciones y designaciones de locadores de servicios para tareas de fiscalizadores municipales? Cuando la respuesta se cae de madura y obvia, porque la ley lo PROHIBE de manera expresa, señor fiscal anticorrupción.
Por mandato expreso del Art. 1764º del Código Civil peruano, se establecen las características esenciales de la relación contractual conocida como locación de servicios: como una de naturaleza no subordinada, es decir, como una en la que no existe relación de jerarquía o de subordinación (en este caso: empleador – servidor público, obligación de dar cuenta de los actos encomendados o informar, etc.), ni horario (tiempo completo o parcial), etc., etc., situación que no ocurre con los 28 locadores de servicios que: siguen un plan, obedecen ordenes, tienen horarios definidos, dictan actos en nombre del estado (Notificaciones y Actas, etc.), usan bienes del estado (talonarios de notificaciones, camionetas del estado, etc..), rinden cuenta de sus actos (emiten informes al funcionario a cargo de la Subgerencia de Control y Operaciones, etc.) etc.
Si usted amigo lector, amigo comerciante, mype o emprendedor tiene una NMI en su contra emitida y firmada por cualquiera de estos delincuentes, recuerde que esa NMI es ÍRRITA, NULA DE PLENO DERECHO y sobre todo que el alcalde Ulises Villegas nunca quiso anularlas tal y como prevé la ley.

Muchas personas están siendo acogotadas por la ejecutoria coactiva de Comas que maneja Lucía Romero, ella y sus peones que fungen de auxiliares coactivos saben que esas RSA provienen de NMI emitidas por locadores de servicios, pero se agarran como hienas de la ley 27444 en su artículo y literal que señala lo siguiente:
ResponderBorrarDe acuerdo con la Ley N° 27444, el acto administrativo que sea emitido sin observar la Constitución, las leyes o las normas reglamentarias es nulo y, por lo tanto, no debe surtir efectos.
Sobre este punto, debemos mencionar un tema importante. Si bien es cierto que la Ley N° 27444 dispone la nulidad del acto emitido en contravención a la Constitución y las leyes, el hecho es que los funcionarios administrativos no gozan de la facultad discrecional para determinar cuándo un acto no es acorde con las disposiciones constitucionales o legales.
Es decir, si se emite una norma reglamentaria en virtud de la cual se reconoce un derecho a favor de los administrados, pero esta norma no se ciñe a las disposiciones de mayor rango como las leyes o la Constitución, el funcionario público no puede dejar de aplicar la norma reglamentaria, pues carece de la facultad para realizar un control de legalidad y negarse a emitir el acto por ser la norma reglamentaria ilegal o inconstitucional.
Ulises Villegas sabía que todo esto iba a ser difícil de combatir a los agraviados con esas NMIs írritas, pero nunca hizo algo para anularlas, porque no le conviene, cobrar coactivamente esas "deudas" truchas por la vía coactiva es como quitarle un dulce a un niño.
Rosa Corzo
ResponderBorrar23 h ·
Vecinos de Comas - Zonal 14 denuncian constante arrojo de desmonte al río Chillón. Altura Av. San Carlos en Puente Piedra. ¡¡Ojo...!!
¡¡¡Hasta cuando la falta de control de este terrible delito...!!!
Nadia Carolina Cruz Estrella
ResponderBorrarAl parecer la Procuraduría de Comas está haciéndose de la vista gorda.
ResponderBorrarAutor
Rosa Corzo
Nadia Carolina Cruz Estrella Esperemos a ver qué acciones toma la Municipalidad de Comas respecto a estos hechos que se dan no solo en Puente Piedra.
EXPRESO 31 DIC 2023
ResponderBorrarLa táctica caviar
Martha Meier M.Q.
Los caviares buscan provocar reacciones viscerales que nublen el pensamiento crítico. Son los censores del lenguaje y de la imposición del correctismo político y con ello la pérdida del sentido del humor, porque todo chiste resulta ofensivo, según sus dogmas de género e identitarios.
Lo suyo es formar una generación de idiotas que crean sus mentiras y reescriban la historia del Perú en la que los caviares son los héroes que nos salvaron de una ‘dictadura’ genocida, que jamás existió. La última dictadura peruana fue la de un cachaco bruto y ladrón llamado Juan Velasco Alvarado, a la que sirvieron los casi octogenarios que pretenden dictar cátedra sobre democracia.
Las cosas como son, buena amigo Burmester, los agarró a los del Comercio con los pantalones abajo, con ese grosero publicherry de la "compra" trucha de 14 camionetas para el serenazgo de Comas que Martín Hidalgo quiere endilgársela a Ulises Villegas como si este las hubiera comprado en julio de este año, la compra de 14 camionetas MITSUBISHI la hizo Raúl Díaz en diciembre de 2020 y por la sobrevaloración de esta compra está enjuiciado junto a su compa William Valladares, lo felicito Sr. Burmester, siempre atento con ese agudo sentido del olfato periodístico para denunciar los horrores y errores de la corrupción.
ResponderBorrarEXPRESO 31 DIC 2024
ResponderBorrarIdeología de género: advierten que Gobierno busca imponer discretamente esta forma de pensar
Congresista Alejandro Muñante afirma que Ejecutivo se rinde ante agenda 2030.
Por Redacción Expreso
La presidenta Dina Boluarte decidió aprobar el Decreto Supremo N° 013-2023, estableciendo que toda entidad pública respete la ideología de género.
La ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Nancy Tolentino, ordenó la publicación de la normativa en el Diario Oficial El Peruano, indicando que buscan incentivar “la igualdad de condiciones entre féminas y varones para garantizar una vida digna y libre de violencia”.
Ahora todas las instituciones pertenecientes al Estado tienen 10 días hábiles para designar a un ‘Oficial para la Autoridad’ que cumpla con la misión de brindar apoyo en igualdad de condiciones y oportunidades entre mujeres y hombres.
Alejandro Muñante alza la voz frente a la ideología de género
El congresista de Renovación Popular, Alejandro Muñante, alzó la voz frente a la aprobación del Decreto Supremo N° 013-2023, señalando que el Gobierno se rinde ante la agenda 2030.
“Sumisos a la Agenda 2030, el gobierno peruano, en medio de las festividades de fin de año, crea una policía del pensamiento al mismo estilo Orwelliano: ‘Oficial para la Igualdad’. Esta tendrá la misión vinculante de asegurar que todas las instituciones públicas se sometan a la ideología de género, bajo la excusa de crear una sociedad igualitaria y libre de violencia (DS. N.° 013-2023)”, publicó en su cuenta de ‘X’ (antes Twitter).
EL COMERCIO
ResponderBorrarPOPULISTA CON TIK TOK
MABEL HUERTAS
“¡Acá en Comas se respeta!”, grita indignado el alcalde de ese distrito, Ulises Villegas, para luego ordenar: “tráiganme a la policía de migraciones de una vez”. Este es un video de apenas 15 segundos colgado en su popular cuenta de TikTok. El video sin mayor contexto revela que su interlocutora sería una vendedora informal de nacionalidad venezolana. Los cerca de 5 mil comentarios demuestran cómo ha llevado al éxtasis a sus seguidores, vecinos urgidos de orden, limpieza y seguridad. El video lleva tres días en la red social y tiene más de millón y medio de vistas.
Así, existen decenas de video similares, del alcalde en acción, ahí, en la cancha, “pechador”, dialogante. Solo bastan unos segundos de registro en video, algo de carisma, un buen locutor, música y estética popular para la puesta en escena, matizada con tono de autoridad o picardía que asegure los ‘likes’. Esto no significa que no haya un cerebro detrás de toda la producción, al contrario, el crecimiento es mayor aún cuando hay una estrategia comunicacional que se adecúe a ese lenguaje de masas que exige TikTok (que no cualquiera domina). El soso registro de un político recorriendo el Perú y hablándole a la gente, a estas alturas, es anticuado. La plataforma digital exige una creatividad lúdica, pero, sobre todo, ser genuinos con el “pueblo” al sumergirse en este, criterios reñidos con el elenco estable de políticos reincidentes.
Si se trata de producir nuevos liderazgos políticos, TikTok es la vía perfecta. Es económica, masiva y controla el contenido. Además, puede hallar replicadores que amplifiquen el mensaje sin fronteras. Por eso, nóveles políticos, autoproclamados ‘outsiders’ locales que aspiran a liderazgos regionales o nacionales, suman al bailecito y a los conocidos ‘trends’ un discurso que movilice emociones y así lograr el famoso ‘engagement’ que fideliza a sus seguidores-electores.
Esto puede, a simple vista, parecer una herramienta democratizadora, pero viene con trampa. En esa carrera por despertar afectos, el proyecto personalista promueve las divisiones maniqueas en cualquier grieta que puedan hallar en la sociedad: peruanos vs. venezolanos, el sistema vs. los ciudadanos, ricos vs. pobres, nosotros vs. ellos, etc.
Ese cojudo no se da cuenta del enorme ridículo que hace cuando "ordena “tráiganme a la policía de migraciones de una vez”, carajo ni que fuera la Dina Boluarte y no un alcalducho distrital, por suerte para él tiene en sus manos a los comisarios locales en sus manos por las calificaciones al trabajo desarrollado por estos corruptos, a fiscales corrompidos y jueces de la misma calaña, el caso del juicio con Independencia por una obra sobrevalorada de la que devolvió 30,000 soles y hasta ahora no hay control acusatorio, muy sospechoso y suertudo para esta inmundicia
ResponderBorrarFELIZ Y VENTUROSO AÑO NUEVO PARA TODOS LOS LECTORES DE NOAPAGUENLALUZVOL2, PARA MIS POCOS AMIGOS Y CONOCIDOS MIS DESEOS QUE DIOS SIGA TENDIENDO SU MANTO PROTECTOR SOBRE USTEDES, A LOS CORRUPTOS QUE COMBATIMOS DESDE ESTE BLOG, LES DESEAMOS UN MAL AÑO NUEVO QUE LA DIRCOCOR Y LA DIVIAC APUREN SUS INVESTIGACIONES PARA QUE SE VAYAN EN CANA POR MUCHOS AÑOS, PARA TI LUCIO, EVELIN, ELIZABETH, FANNY ROCÍO, FERNANDO ANDRÉS, JORGE ADALBERTO Y ESAS FISCALIZADORAS MAMAHUEVO QUE JODEN Y JODEN A LOS COMERCIANTES, MYPES Y EMPRENDEDORES DE COMAS, QUE SE VAYAN A LA MISMA MIER..........
ResponderBorrarY PARA TI ULICHI BILLEGAS EN 2024 UNA SENTENCIA SIN CANA, ME BASTA CON QUE SEA CONDENATORIA PARA QUE NOS DEJES EN PAZ Y NUNCA MÁS COMAS VUELVA A REPETIR EL ERROR DE CREER TUS MENTIRAS Y ELEGIRTE ALCALDE DE COMAS, CONOCIENDO TU PASADO DELICTIVO Y TU MALA CONDUCTA, ULISES NUNCA MÁS.
ResponderBorrarEXPRESO 1ro. ENERO 2024
ResponderBorrarPobreza subiría en 30%: peruanos sufren por mal gobierno
Recesión económica e inflación ubicada por encima del rango meta (3%) generaría que población pobre aumente en Perú.
Por Redacción Expreso
Durante el año 2022, la economía peruana creció solo 2.7%. Con ese nivel de crecimiento, la pobreza monetaria se incrementó en 1,6 puntos porcentuales, al abarcar al 27.5% de la población peruana. Asimismo, el nivel de pobreza en el Perú el 2022 fue mayor al registrado en el 2021 (25.9%) y superior en 7,3 puntos porcentuales respecto al año 2019 (20.2%).
En el 2022, el crecimiento económico fue de 2.7%, pero el número de población pobre aumentó en 628 mil personas, llegando así a las nueve millones 184 mil personas.
Asimismo, pese al crecimiento de 2.7%, la pobreza extrema alcanzó al 5.0% de la población del país y aumentó en 0,9 punto porcentual respecto al año 2021; mientras que, al compararla con el 2019, fue mayor en 2,1 puntos porcentuales.
Ahora bien, con una caída de 0.5%, según el BCR, la pobreza monetaria crezca el doble de lo registrado en el 2022.
Según economistas consultados por EXPRESO, la pobreza monetaria llegaría al 30% de la población, lo que significaría un incremento de cerca de tres puntos porcentuales. También advirtieron que, con la intensificación del Fenómeno de El Niño, la pobreza podría subir aún más y alcanzar niveles históricos.
EXPRESO 1ro. ENERO 2024
ResponderBorrar¿Los magistrados ahora cumplirán sus deberes?
Roberto Rendón
No es la primera y/o única vez que magistrados fiscales y/o jueces resuelven dando libertad a detenidos que cometen delitos tipificados en el Código Penal vigente y les fueron puestos a disposición por la Policía Nacional. Continuamente se vuelve a detener a delincuentes por nuevos delitos. Esas libertades, deliberadas y/o conscientes y/o inconscientes ordenadas por magistrados del Poder Judicial obligados a cumplir sus deberes y obligaciones jurisdiccionales y laborales, obviamente afecta el trabajo policial e indigna a la ciudadanía. Esas resoluciones de fiscales y/o jueces, no es solo responsabilidad individual de los fiscales y/o jueces que emiten resoluciones ordenando la libertad de delincuentes que conforme a ley le/s son puestos a su disposición. La población considera que tal conducta jurisdiccional de dichos magistrados es también responsabilidad institucional del Ministerio Público y/o del Poder Judicial, respectivamente. Estos no pueden escudarse en su unidad, exclusividad, independencia y autonomía referidos en los artículos 138°, 139° y 158° de la Constitución. La sociedad les ha perdido la fe; también a sus “Órganos” de Control Interno porque en procesos dilatados terminan por eximir de responsabilidad a sus colegas.
Entre los planes para 2024 no hay nada que indique la reconstrucción de las cuadras del Jr. León Pinelo que han sido destruidas esta madrugada por el cafre que tiene Comas de alcalde, so pretexto de desalojar a los ambulantes de dichas calles, ¿ahora de dónde sacará plata para la pista nueva? y cuidado que de paso se ha llevado de encuentro a los comerciantes formales, con licencia y defensa civil al día que tienen sus negocios en regla y a los vecinos que ya no podrán usar sus cocheras para guardar sus carros, no todos pueden construir sus casitas o negocios sin licencia de construcción en la cuadra 6 del jr. Libertad en el 11, 670 y 672 para más señas y con sus rompemuelles sin permiso de Lima Metropolitana, así cualquiera no mal jugao, conchudo y caradura.
ResponderBorrar¿Tendrá Ulises Villegas, la suficiente comprensión lectora para entender esos dos párrafos de Gustavo Nakamura? ya que por una parte él es un experto nato de la amoralidad, donde hablar de valores es cosa del pasado, ¿no es verdad Lourdes Flores Purakk o Jorge Muñoz Choqueyfuga? ahora resulta que son ustedes, la minoría corrupta los que cortan el jamón, por ahora.
ResponderBorrarEL COMERCIO 1ro. enero 2024
ResponderBorrarInversión pública: Ejecución de gobiernos locales cerraron el 2023 con un retroceso de 10,7%
Este nivel de gobierno se convierte en el único que registró una caída en el 2023. En el caso del Gobierno nacional, la ejecución creció 26,3%; mientras que la inversión de gobiernos regionales creció 19,9%.
Al cierre del 2023, los gobiernos locales en el país alcanzaron un nivel de ejecución de su presupuesto para inversión de S/18.059 millones. Sin embargo, dicha cifra representa una caída de 10,7% frente a lo registrado en el año previo (S/20.218 millones).
Es así que este nivel de gobierno se convierte en el único que registró una caída en el 2023. En el caso del Gobierno nacional, la ejecución fue de S/21.194 millones con un crecimiento de 26,3%; mientras que la inversión de gobiernos regionales fue de S/10.963 millones con un crecimiento de 19,9%.
Es así que el desempeño del gobierno nacional y regional explicaron el desempeño total de la inversión pública nacional, que alcanzó los S/50.217 millones con una tasa de crecimiento de 8,8%.
Para el exministro de Economía y director de Videnza Instituto, Luis Miguel Castilla, el desempeño bajo de los gobiernos locales responde, entre otros factores, a las deficiencias para la evaluación de expedientes técnicos. “Rehacer expedientes ha sido un factor clave que, de hecho, ha hecho que en el MEF se facilite el apoyo a gobiernos locales en esta materia. Esto sin dejar de lado que están en el primer año de gestión e ingresan con nuevos cuadros. Este año ha sido un año de transición y, por eso, se espera que a futuro mejore la ejecución de los gobiernos locales”, aseveró.
Ahora Estelita no tiene ambulantes, pero tampoco tiene pista. Solo tiene montículos de asfalto.
ResponderBorrarVamos a ver si no pasa como el fiasco de Rosa de América
Según comunicado de la muni, se les garantiza pista nueva, parque nuevo
¿Y las tiendas que tienen permiso como quedan? Ellos también son afectados...
Y expuestos a peligros porque por ahí no pasan bomberos, ambulancias, etc
Y la gente puede sufrir accidentes
Que informe la gm que proyecto tiene para ese sector
Así es..., Estelita y demás chupes supongo que Ulises Billegas les proporcionara ambulancias aéreas, avionetas o helicópteros, como buenas vecinas de la zona afectada por los ambulantes desalojados. ja ja ja.
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