martes, 15 de marzo de 2022

RAÚL DÍAZ PÉREZ Y EL GERENTE DE SEGURIDAD CIUDADANA DE COMAS LE DEBEN UNA EXPLICACIÓN AL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (DEPINCRI - COMAS) DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ (PNP) Y A TODOS LOS VECINOS DE COMAS – II

 

¡¡¡Hasta el Presidente de la Republica ha sido obligado a entregar información pública, y el ex Policía Nacional y Gerente de Seguridad Ciudadana de Comas, aún persiste en ocultar información que todos los vecinos queremos saber…!!!

A William Valladares Escobedo no le entran balas, sigue en sus trece, y no proporciona la información solicitada por el DEPINCRI: los nombres e identificación de los servidores públicos con funciones de sereno que integran las filas del denominado “Comando Tucuy Ricuy”.

Nos podríamos pasar los meses intentando convencer a la acémila, pero mejor le enrostramos casos “más delicados”, discutibles, por si cabe el término, sobre la conveniencia o no de la publicidad de datos, que, como en el caso de los visitantes de la casa del Pasaje Sarratea en Breña,  se argumentara sobre la calidad de reuniones particulares (ese fue el “argumento central” de Pedro Castillo), en otras palabras, ni más ni menos que una variante de la protección de datos o información personal.

Pero como la ley se hace para todos, salvo para los necios o delincuentes, en el caso negado por el Despacho Presidencial de Palacio de Gobierno, el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública -TTAIP, ha dictado la Resolución 000433-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, de fecha 3-marzo-2022, la cual declara FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JORGE EDUARDO LAZARTE MOLINA, a través del Expediente Nº 00208-2022-JUS/TTAIP, en los términos siguientes: SE RESUELVE:

Artículo 1.- DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por JORGE EDUARDO LAZARTE MOLINA; en consecuencia, ORDENAR AL DESPACHO PRESIDENCIAL que entregue la información pública requerida, previa consulta a las áreas de la entidad que tienen la obligación de contar con ella, y de ser el caso, extraerla del soporte en que se encuentre, manteniendo en reserva aquella información cuya publicidad pueda afectar la intimidad personal o familiar del mandatario, debidamente acreditada, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, bajo apercibimiento de que la Secretaría Técnica de esta instancia, de acuerdo a sus competencias, remita copia de los actuados al Ministerio Público en caso se reporte su incumplimiento, en atención a lo dispuesto por los artículos 368 y 376 del Código Penal.

Artículo 2.- SOLICITAR al DESPACHO PRESIDENCIAL que, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, acredite el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

https://cdn.gacetajuridica.com.pe/laley/Resoluci%C3%B3n%20000433-2022-JUS%20TTAIP-PRIMERA%20SALA%20laley.pdf

Es decir, el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública –TTAIP, órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha obligado al mismísimo Presidente de la Republica que entregue la información solicitada por un ciudadano, la que, podemos suponer, podría contener datos sensibles, lo que demuestra la fortaleza de la institución jurídica de la transparencia, en el país, y el retroceso del sospechoso secretismo cultivado por muchos malos funcionarios públicos que, como en el caso del protegido Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Comas, se resisten aún a transparentar la información declarada pública que, por ley, deben estar a la vista de todos los ciudadanos. Pero el Tribunal ha hecho una salvedad obvia, al señalar con absoluta claridad que esta disposición no le alcanza a “aquella información cuya publicidad pueda afectar la intimidad personal o familiar del mandatario, debidamente acreditada”, así de claro.

El Oficio Nº 166-2022-SGS-GSC/MDC, de fecha 11-febrero-2022, y notificado el 14-febrero-2022, al My. (r) William Valladares Escobedo, ya cumplió un mes de vida, y vencido, en exceso, el plazo máximo de ley, y el DEPINCRI no recibe la información solicitada. Y tal como se puede colegir de la resolución del TTAIP que comentamos, y salvo que este funcionario tenga el título nobiliario de monarca de la Vía Láctea, sigue obligado a entregar la información que no le pertenece.

Debe entender el jumento que, el derecho de acceso a la información pública no sólo implica el deber del Estado de publicitar sus actos promoviendo una cultura de transparencia conforme lo dispone el artículo 10 de la Ley de Transparencia, sino que también genera la obligación de otorgar al solicitante información clara, precisa, completa y actualizada, y en consecuencia, que no sea falsa, incompleta, fragmentaria, indiciaria o confusa, conforme lo señaló el Tribunal Constitucional en el Fundamento 16 de la sentencia recaída en el Expediente N° 01797-2002- HD/TC: “Como ya se ha dejado entrever, a juicio del Tribunal Constitucional, el contenido constitucionalmente garantizado por el derecho de acceso a la información pública no sólo comprende la mera posibilidad de acceder a la información solicitada y, correlativamente, la obligación de dispensarla de parte de los organismos públicos. Si tal fuese sólo su contenido protegido constitucionalmente, se correría el riesgo de que este derecho y los fines que con su reconocimiento se persiguen, resultaran burlados cuando, p.ej. los organismos públicos entregasen cualquier tipo de información, independientemente de su veracidad o no. A criterio del Tribunal, no sólo se afecta el derecho de acceso a la información cuando se niega su suministro, sin existir razones constitucionalmente legítimas para ello, sino también cuando la información que se proporciona es fragmentaria, desactualizada, incompleta, imprecisa, falsa, no oportuna o errada. De ahí que si en su faz positiva el derecho de acceso a la información impone a los órganos de la Administración pública el deber de informar, en su faz negativa, exige que la información que se proporcione no sea falsa, incompleta, fragmentaria, indiciaria o confusa” (subrayado agregado). (Párrafo tercero de la página 21 de la Resolución 000433-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA, que comentamos), y que solo se encuentran protegidas aquella que afecta la vida familiar del mandatario.

LOS SERENOS SON TRABAJADORES PÚBLICOS

Aunque no es una condición para acceder a la información pública, las normas que disponen el régimen LABORAL  del personal de serenazgo municipal, son varias e inconfundibles, y, en el caso del distrito de Comas, su incumplimiento reiterado agrava la situación de este personal, y la legalidad de las acciones que se le encomiendan a diario, y tal vez, solo tal vez, esa sea, entre otras, la verdadera razón del secreto que esconde don William Valladares y el Alcalde de Comas.

Pero tanta pataleta del funcionario y de su Alcalde comeño, nos abre el apetito de información, y ahora sí nos interesa saber quiénes son los servidores públicos de la Municipalidad de Comas, que no pertenecen al servicio de inteligencia nacional –SIN, u otra rama afín de las ramas militar o policial, que laboran en la condición de serenos, que merecen tal prerrogativa. Porque, sin duda, son servidores públicos sin duda, o deben serlo, eso lo dice la ley, en todas sus formas, y a los que les alcanza todas las obligaciones previstas en la Ley Nº 30057 o Ley del Servicio Civil, y, por lo mismo, la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública:

A ver, veamos de qué normas se trata:

1.    La LEY Nº 27972, Ley orgánica de Municipalidades (pub. 27/05/2003), en su Artículo 37.- Régimen Laboral, que dispone lo siguiente:

Los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al régimen laboral general aplicable a la administración pública, conforme a ley. Los obreros que prestan sus servicios a las municipalidades son servidores públicos sujetos al régimen laboral de la actividad privada, reconociéndoles los derechos y beneficios inherentes a dicho régimen.

2.    El DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2016-MML, Aprueban Reglamento de la Ordenanza Nº 638 y sus modificatorias, relativo al Serenazgo Metropolitano de Lima – SEMEL (pub. 20/02/2016), en el inciso c) de su Artículo 4º.- Definiciones, nos señala en que régimen laboral se encuentra el sereno:

c) Sereno, es el servidor civil que presta su servicio en una municipalidad y  cuyas principales funciones son las de prestar orientación, información y auxilio inmediato al vecino. De igual manera, realizan acciones preventivas y disuasivas, propiciando y resguardando el orden, la tranquilidad y la seguridad en una convivencia pacífica, el control de la violencia y facilitando la utilización pacífica de vías y espacios públicos. Coadyuvan en la detección y reporte de infracciones a las ordenanzas municipales y apoyan con los distintos órganos que componen los Gobiernos Locales, cuando lo soliciten o se requiera, para cumplimiento de sus competencias. Asimismo, apoyan a la Policía Nacional y Fiscalías en el ejercicio de sus funciones, tienen la responsabilidad de apoyar a las personas en su evacuación y control ante desastres naturales o provocados por el hombre.

Articulado que nos remite a la exacta tipificación empleada por la llamada Ley SERVIR,  para definir al servidor público.

3.    Con el LEY Nº 31297, Ley del servicio de serenazgo municipal (pub. 21/07/2021), nos remite a los Artículos 22º y 8º, que tampoco dejan lugar a dudas:

Artículo 22. Régimen de los serenos municipales

Los serenos municipales se sujetan al régimen previsto en el artículo 37 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mientras se implementa en las municipalidades el régimen establecido en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil.

El ingreso y permanencia en el servicio de serenazgo municipal se realiza mediante concurso público de méritos, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo.

 

Artículo 8. Derechos del sereno municipal

Además de los derechos emanados de la modalidad de contratación a que se sujeta, el sereno municipal tiene derecho a:

a)   Percibir la contraprestación económica correspondiente al servicio prestado y los beneficios que le correspondan, de acuerdo a ley.

b)   Contar con el uniforme y equipamiento básico necesario para el cumplimiento de su función.

c)   Recibir capacitación permanente y entrenamiento previo que le permita cumplir con eficiencia su labor de acuerdo a las funciones asignadas.

d)   Seguro de vida ley, de conformidad con su régimen laboral.

e)   Contar con el beneficio de defensa legal en los términos previstos en la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, y normas complementarias.

f)    Permisos y licencias de acuerdo a lo establecido en las normas sobre la materia.

g)   Realizar sus labores en un ambiente adecuado para su salud física, mental e integridad personal.

h)   Gozar de descanso vacacional efectivo y continuo de treinta (30) días por cada año completo de servicio.

i)    Otros que le correspondan de acuerdo a ley.

Este es aún más contundente, porque al definir los derechos del sereno, contraprestación o remuneración, beneficios de ley, seguro de acuerdo a su régimen laboral, defensa legal en los términos previstos en la Ley SERVIR, permisos y licencias, descanso vacacional anual, nos remite a un trabajador con derechos propios de un régimen laboral.

4.    Y por último, la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 772-2019-IN, Manual del Sereno Municipal (pub. 01/06/2019), que en el inciso c) del numeral 5, De la Generalidades, nos remite a un trabajador con vínculo contractual laboral:

CAPÍTULO I – Generalidades

5. Definición de términos:

c. Sereno

Es el servidor civil (Servidor de actividades complementarias) que mantiene vínculo contractual con el gobierno regional, la municipalidad provincial, distrital y centro poblado, brindando apoyo a la ciudadanía en las zonas asignadas, mediante acciones preventivas, disuasivas y de atención a las personas, para coadyuvar en mejorar los niveles de seguridad y tranquilidad pública.

Si este articulado mostraba alguna posibilidad de duda, el siguiente resuelve la aparente controversia o vacío:

CAPÍTULO III - deberes y derechos

2. Derechos:

a. No está obligado a realizar acciones que contravengan la Constitución Política del Perú y las Leyes.

b. Percibir la contraprestación económica correspondiente al servicio prestado y demás beneficios laborales que le correspondan, de acuerdo a Ley.

c. Que se le asigne el uniforme y equipamiento básico necesario para el cumplimiento de su función.

d. Recibir capacitación permanente y entrenamiento previo que permita al sereno cumplir con eficiencia su labor de acuerdo a las funciones asignadas en el ámbito de la seguridad ciudadana.

e. Otros que le correspondan de acuerdo a Ley.

Que nos vuelve a señalar a un efectivo del servicio de serenazgo, con vínculo laboral con el Estado.

Hemos hecho un breve recuento de las normas de alcance nacional, relacionadas con el personal que integra el llamado SERENAZGO MUNICIPAL, los que, a pesar de sendas sentencias del TC, parece encontrarse todavía en discusión, el régimen laboral al que pertenecen, sin embargo, de lo que no cabe duda, es que son trabajadores civiles de actividades complementarias (inciso d) del Art. 2 de la Ley 30057), o servidores públicos (Ley 27815, “Artículo 4.- Servidor Público. 4.1. A los efectos del presente Código se considera como servidor público a todo funcionario, servidor o empleado de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles jerárquicos sea este nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado”), y sea cual fuere el régimen laboral al que pertenezcan estos trabajadores, tienen numerosas obligaciones que, a tenor de los reiterados desatinos del My. (r) William Valladares Escobedo, Gerente de Seguridad Ciudadana, en el distrito de Comas, no se encuentran obligados a cumplir.

Y nos hemos remitido a esta serie de normas que dejan claro que los serenos SON TRABAJADORES DEL ESTADO, servidores públicos o trabajadores civiles, que, independientemente del régimen laboral al que pertenezcan, se encuentran dentro de los alcances de la Ley 30057, o Ley SERVIR, y, entonces, su existencia, nombres, identificación, cargo, función, ubicación física y estructural, remuneración, etc., etc., son información pública, y, porque un largo y reiterado pronunciamiento del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública –TTAIP, órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha dispuesto que este tipo de información debe entregarse a los que la requieran, sin condiciones ni expresión de causa. Por si cae duda, nos comprometemos, en los comentarios, a mostrar algunas resoluciones dictadas por este tribunal, y que echan por tierra los pretextos del funcionario público comeño y su alcalde, que busca impedir mostrar los nombres e identificación del personal de serenazgo que integran el denominado “Comando Tucuy Ricuy”.

De salida, les comentamos que, nos datean,  un ciudadano comeño ya pidió, por Transparencia, la misma información que la Municipalidad de Comas le niega a el DEPINCRI, así que veremos a este mal funcionario en dónde termina, con qué argumentos contesta este nuevo requerimiento ciudadano, y qué explicaciones le dará al Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública TTAIP, a ver si aguanta una denuncia penal por el delito de omisión de funciones y otros que están más claros que el agua.

Pero de lo que sí estamos seguros es que no vamos a soltar al terco hasta que entregue la información solicitada, o se le abra denuncia penal. Está advertido el susodicho.


Atte.,



Salomón Márquez.


26 comentarios:

  1. Mil disculpas Sr. Burmester, en muchos momentos pensé que usted era enemigo de los serenos y no, no es así, creo entender que su actitud es ante la negativa de Valladares Escobedo de no entregar información que es obligatoria por ser de carácter público y de otro lado la prohibición legal de la misma ley del sereno que proscribe el uso de esos términos como comandos y el secretismo de los servidores públicos, al final usted y el Sr. Salomón Márquez autor de la nota nos brindan información laboral que muchos desconocíamos y derechos inherentes a nuestro trabajo como el riesgo de seguro vida que debe ser pagado por la muni de cada distrito, muchas gracias amigo y repito, mil disculpas.

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Gracias por el comentario, en los años que llevo viviendo y trabajando tanto en radio, prensa escrita, como en el blog desde hace 12 años siempre he tratado de defender los derechos de los trabajadores municipales comeños, pero sin caer en extremismos y secretismos, no soy partidario de comandos ni de anonimatos, si son servidores públicos actúen como tales y no se refugien en jefes ineptos e incapaces que solo quieren ser chicheños de los alcaldes a costa de ustedes y sus legítimos derechos.

      Borrar
  2. Anónimo 15 de marzo de 2022, 07:49
    Señor director del blog, yo soy nuevo en el distrito, yo vengo de Surco. Y en los años que he estado allí ni con Gómez Baca, ni con Combe, ni con del Mar, ni con Dargent, he visto una campaña tan agresiva como la de este señor Ulises Villegas. Cuando recorro Comas con mi joven señora y mi hijo, veo que hay paneles por todos lados de Somos Perú Ulises Villegas. En todo lado, hasta en las mismas casas de personas que yo pienso mal, pienso que están siendo o intimidados o les dan un sencillo para que pongan esos paneles. Pero aquí también viene el criterio de los vecinos de Comas ¿no se habrán percatado que todo ese gasto en paneles publicitarios de una u otra forma va a buscar recuperarlos por medio de uso de los fondos municipales? Digo esto porque el señor Villegas ya no se va a dedicar a su empresa, sino al manejo del municipio. Mayor sentido a mi planteamiento de que va a haber corrupción muy fuerte con tal de recuperar el gasto de campaña. ¿Qué opina usted señor periodista del blog?

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Tiene usted toda la razón del mundo, no es la primera campaña electoral de Ulises Villegas ni creo que sea la última, aún cuando personalmente pienso que no tiene la menor opción de ganar la alcaldía comeña, pero su estilo agresivo y terriblemente caro de llenar los edificios y paredes del distrito con sus banners debe llamar a reflexión a los comeños, quién gasta de esa manera tan desaforada en publicidad tiene por obligación que recuperar su inversión a como de lugar, como le digo esta práctica no es novedad con este sujeto pero su ejercito de troles se encargan de reventarle cuetes al "doctor", algo más la campaña electoral no empieza oficialmente así que todos esos banners deberían pagar derechos publicitarios al municipio y no lo están haciendo, ¿por qué? protección "oficial".

      Borrar
  3. Anónimo15 de marzo de 2022, 07:56
    Además, le digo a usted amigo periodista, que usted es muy conocido en el municipio. El otro día que fui a hacer unos trámites a la municipalidad había dos funcionarios que mencionaron eso de su blog, y justo lo descubrí buscando por internet. Saludos y siga manteniéndonos informados sobre todo a los que somos nuevos y podemos caer ante los engaños de estos mafiosos que están a toda máquina en campaña.

    ResponderBorrar
  4. En eso estamos amigo, tratamos de informar con seriedad a los lectores sobre los precandidatos y sus curriculas así como las de sus probables candidatos a regidores, como quiera que no buscamos la publicidad de los publicherrys no tenemos porque callarnos la boca sobre las mentira y pendejadas de estos, en su gran mayoría infelices que solo quieren hacerla linda los próximos 4 años. Gracias por su comentario.

    ResponderBorrar
  5. Una de dos, me llega un comentario plagado de calificativos como viejo rosquete, cabro, que vivo obsesionado con las identidades de los comandos tucuy ricuy y que piña pues, el jefe Valladares los va a seguir protegiendo, falta de comprensión lectora o un comentario teledirigido por el mismo Valladares que transpira puro odio, el artículo trata de los derechos laborales de los serenos a nivel nacional con leyes y normas municipales, pero nada, siguen jodiendo con el secretismo y anonimato que la ley no les concede, a mi me importa un carajo quien les reviente cuetes en su "trabajo" ilegal, si la TV considera que su trabajo es legal, allá ellos, yo defiendo la legalidad y no la informalidad cuasi delictiva en la que ustedes se mueven, pero, cuidado la ley de transparencia permite a cualquiera el acceso a la información pública sin que interese si el "jefe" Valladares Escobedo los "protege" o no, no lo olviden, comandos de caricatura.

    ResponderBorrar
  6. Los serenos municipales, en cualquier parte del país, corren riesgo permanente en el ejercicio de sus actividades, y la ley, en realidad son varias, intenta la protección de estos servidores.

    Por ejemplo, la Ley Nº 30485, Ley que incorpora a los serenos en el seguro complementario de trabajo de riesgo (publicada el 07/julio/2016), ordena con su Artículo 1. Objeto de la Ley, que: “Los afiliados regulares y potestativos del régimen contributivo del Seguro Social de Salud que desarrollen actividades para el mantenimiento del orden público y de seguridad - serenazgo tienen la cobertura adicional del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.”, modificando la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, a través de la Disposición Complementaria Modificatoria Única, con la que se dispone, textualmente: “Modificase el primer párrafo del artículo 19 de la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, conforme al siguiente texto:
    “Artículo 19.- Seguro complementario de trabajo de riesgo
    El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo otorga cobertura adicional a los afiliados regulares del Seguro Social de Salud que desempeñan las actividades de alto riesgo determinadas mediante Decreto Supremo o norma con rango de ley. Es obligatorio y por cuenta de la entidad empleadora. Cubre los riesgos siguientes:
    a) Otorgamiento de prestaciones de salud en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, pudiendo contratarse libremente con el IPSS o con la EPS elegida conforme al Artículo 15 de esta Ley.
    b) Otorgamiento de pensiones de invalidez temporal o permanente y de sobrevivientes y gastos de sepelio, como consecuencia de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, pudiendo contratarse libremente con la ONP o con empresas de seguros debidamente acreditadas”

    Que son los beneficios que los serenos anónimos de Comas no tienen, por obra de sus superiores que le han vendido humo para mantenerlos atados a una relación contractual desnaturalizada y carente de la protección que la legislación laboral ya ha previsto.

    Es más, a través de la Ley Nº 31297, Ley del servicio de serenazgo municipal (publicada el 21/julio/2021), en su Artículo 8.- Derechos del sereno municipal, dispone que: “Además de los derechos emanados de la modalidad de contratación a que se sujeta, el sereno municipal tiene derecho a: Seguro de vida ley, de conformidad con su régimen laboral.”, y con el Artículo 23.- Seguro complementario de trabajo de riesgo, de la misma ley, ordena que: “Los serenos municipales deben contar con Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, conforme a lo establecido en la Ley 30485, Ley que incorpora a los serenos en el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).”
    Confirmando la protección que merecen, este tipo especial de labor y de trabajadores estatales.
    A ver pues, ahora que dicen William Valladares Escobedo y su jefe el Alcalde Raúl Díaz Pérez.

    ResponderBorrar
  7. La posición del blog como medio digital, del director del blog y la del autor de la nota es perfectamente entendible y nos demuestra la vocación periodística honesta de ambos señores, el accionar de esos sujetos autodenominados comando tucuy ricuy o denominados de esa manera por su jefe, el My. (r) PNP William Valladares Escobedo nos estaría revelando una intencionalidad oculta para el público y los vecinos comeños, ¿qué buscan Valladares como títere de Raúl Díaz Pérez? contar con un pequeño grupo de choque para ir contra los rivales en la campaña electoral y de paso sacarle la vuelta a la ley laboral, no creo que los pocos serenos estables que quedan en esa subgerencia estén de acuerdo con el comando bamba y sus integrantes "fantasmas".

    ResponderBorrar
  8. Este gobierno comunista de Castillo Terrones se cae en cualquier momento y eso lo sabemos por el anuncio o declaraciones del premier Canibal Torres, eso me lleva a hacer la siguiente pregunta, ¿qué hará la Dirección de Gobierno Interior con todos esos mequetrefes nombrados como subprefectos distritales? el caso de Pirio López Orbegoso por ejemplo, es inconcebible la presencia de ese sujeto en un puesto para el que se necesitan requisitos que López Orbegoso no tiene ni tendrá jamás empezando por ser decente y digno.

    ResponderBorrar
  9. No sé si el cambio en algunas acciones del alcalde Raúl Díaz Pérez en beneficio de los trabajadores obreros del SOMUN, algo que bien podría llamarse voluntad política es producto de su deseo de corregir errores de larga data o es simple y puro oportunismo político por la campaña electoral que se avecina con fuerza, vale recordar que hasta ahora solo hay precandidatos a la alcaldía y regidores, esperemos que sea lo primero y de ser así los rumores que circulan sobre la ya anunciada salida de la subgerencia de RR HH del sociópata magister y enemigo declarado del uso de su título de abogado en los sellos oficiales del municipio comeño sería un golazo de media cancha para el alcalde de Comas, ver para creer dijo Santo Tomas y no falta nada para que termine la reunión donde al termino de la misma se anunciaría el adios de esa afrenta al trabajador municipal comeño, esperemos pues, ah y no valen premios consuelos como el caso de Jefry Quispe, el eterno mamón de Manuel Durand Mallma y varios más. FUERA REYNA TORRES DE COMAS.

    ResponderBorrar
  10. El contrato suscrito entre la Municipalidad de Comas y la empresa SILASA ya habría llegado a su fin hace rato, si tomamos como punto de referencia la fecha del contrato que estipula dos motivos para el término del contratito de marras, primero, o tres años o los 16'455,000 soles, lo que llegue primero, según gente comeña que sabe de estos asuntos hace rato que SILASA sobrepasó esa suma, los 16'455,000, ahora no nos salgan con adendas fantasmas sarta de pendejos, no borren con la izquierda lo que vienen haciendo con la mano derecha.

    ResponderBorrar
  11. Hace poco escribíamos sobre la necesidad de políticos nuevos en nuestro variopinto escenario electoral venidero, tal vez sonabamos como ilusos o locos pero no, aquí les dejo una muestrita deL columnista Jaime Spak de LAMPADIA:
    "En síntesis, si no ingresa a la política gente nueva puede ser madura o joven, pero con capacidad y honestidad, el Perú no tiene futuro.
    Entonces vemos un panorama muy delicado en un futuro cercano. Quien sabe el hecho que los peruanos valiosos no deseen ingresar a la política por temor a tener que ser victimas de gente inescrupulosa que valiéndose de las redes sociales mancillan sus honras.

    El Perú necesita una nueva generación de políticos que estén dispuestos a contribuir con su presencia a recuperar nuestro gran país de la mediocridad, corrupción y conducirlos de nuevo por el camino del desarrollo.
    Existen, el problema es que se decidan"…. Lampadia.
    Uyuyuy mamita linda, ahí no caben los mal jugaos, los eternos alcaldes, los vagos como el chimpunero chalaco de corazón, los pendejos como los Robinson o los Alexis, ni los oportunistas como el periodista sabatino con dos horas de abogado, Condorito, Deza y otros inútiles, pero hay esperanzas de un outsider que refresque el panorama municipal para octubre de este año, si se puede, no a los SOMOS LAGARTO, ALIANZA PARA LA PLATA, RETROCEDE PAÍS, TRAICIÓN POPULAR, PERÚ ESCLAVO DE LOS ROJOS, JUNTOS PARA PERDER, etc.

    ResponderBorrar
  12. Que diferencia entre un comentario alturado y que aporta a la problemática del sereno y los "comentarios" cargados de odio que pretenden sean publicados en el blog, algunos esbirros de Valladares cuando no él mismo, en el blog no vamos a parar hasta que ese grupete de descastados sean eliminados de la muni, pero en esta gestión y si es necesario buscaremos la ayuda de la SUNAFIL y la DEFENSORÍA DEL PUEBLO.

    ResponderBorrar
  13. Nuevo jefe para la DIVPOL NORTE 2 en reemplazo del Crnel. PNP Cossio Medina ha llegado el Crnel.PNP Rómulo Reyes Rosales, hombre de Derecho con una maestría en su haber, docente en la ESTSOPNP en Puente Piedra, alguna vez gerente de Seguridad Ciudadana en Los Olivos de 2015 a 2016, en pocas palabras un policía formado profesionalmente como abogado y que ojala no le entren pulgas en sus decisiones con desubicados gerentuchos de seguridad ciudadana como el de Comas, felicitaciones Coronel Reyes Rosales en su nuevo puesto.

    ResponderBorrar
  14. Señores precandidatos a la alcaldía de Comas les pido un favor, compren un diccionario o vean por internet el significado de la palabra atacar, señores yo no ataco a alguien en particular o en general, yo investigo, contrasto documentos y luego hago un análisis de lo investigado y recién ahí denunció periodísticamente los hechos materia de la investigación, no ataco como creen algunos, no soy delincuente ni persona agresiva para atacar a nadie, así de simple, hago mi trabajo como lo he hecho siempre desde hace 51 años, nada más señores y gracias por su atención.

    ResponderBorrar
  15. Con los buitres que aparecen en los primeros lugares como proveedores de la muni comeña es imposible que los trabajadores municipales cobre sus sueldo puntuales, diezmo maldito diezmo:
    En primer lugar está Industrias Arguelles con más de 25 millones, lo sigue la ex NIISA SAC ahora convertida en NEGOCIOS INNOVACIONES INGENIERIA SA que chapa 12 palos contantes y sonantes, también está SILASA con 970,449 soles, saquen la cuenta, ya se venció el monto de 16 palos y medio, cuidado con las adendas fantasmas, COMERCIALIZADORA BARBOZA EIRL con 6'654,175 solcitos y así un huevo más de buitres, ¿a quiénes creen ustedes que van a pagar primero? al que deja la suya pues papays.

    ResponderBorrar
  16. Increible pero cierto, en Comas los ex trabajadores municipales, cesantes o jubilados tienen que hacer polladas, frejoladas o chicharronadas para solventar los gastos judiciales que conllevan sus juicios para que les paguen sus legítimos derechos laborales, encima el miserable del alcalde se alucina el Papa o Putin porque no quiere recibir a estas personas para resolver sus problemas pese a la avanzada edad de la mayoría de ellos, recuerda maldito que todo se paga en esta vida, tu salud, tus hijos, tus riquezas mal habidas, Dios no perdona al malvado y vil.

    ResponderBorrar
  17. De pensar en los sujetos y tipejas que acompañarían a Miguel Saldaña Reategui si ganara las elecciones en calidad de regidores es para correr, Manuel Antunez que iría por un quinto periodo sin hacer ni michi por Comas y los comeños, Elvira Zevallos de igual manera, Elmer Ponte buen pata y buen funcionario pero cero como político, Eddy Angeles ni regalado, ni de yapa para limpieza de los SS HH municipales o de la casa de Saldaña, ¿Milagros Horna? qué hace ahí esta bella dama, mujer de trabajo y decente, la firme que no se me ocurre nada para justificar su presencia en esa lista, Rosa Corzo, Jesús Villanueva el orondo propietario del ex local comunal de un AA HH y el mataperros de Portalino, salvo Horna y Ponte el resto está para el excusado politiquero de Comas, salvo error u omisión.

    ResponderBorrar
  18. Robinson Chupioc cuenta con cinco estrellas de la zanganería y fulería al rojo vivo, Katty Panseco, Cara e' pavo, Arrollo Seguro como en San Felipe y sus parqueos, Percy Carrión y Willy Montañez, los cinco juntos no sacan ni 100 votos, chancay.

    ResponderBorrar
  19. Sr. Burmester con todo respeto, los comeños pensantes que los hay y en mayor cantidad de lo que muchos creen, pensamos que si hay alguién en quien confiar para saber lo que realmente sucede politicamente en Comas, es usted y nadie más, lo bueno es que usted no tiene esa necesidad desaforada de vender su alma al diablo por la mermelada como si lo hacen esos seudo periodistas o comunicadores con la venta de sus publireportajes, usted sabe que regidores han hecho algo por Comas en estos 39 meses de hueveo feroz cobrando sus dietas de manera puntual todos los meses sin falta, no hay un solo regidor que justifique ir a una reelección si no han hecho ni mierda por Comas en todo este tiempo, su producción legislativa y fiscalizadora es totalmente negativa y así quieren ser regidores de nuevo, conchudos hdp, siga haciendo lo suyo con la entereza que lo caracteriza, no olvide por favor su trayectoria y sus aciertos a lo largo de estos últimos 29 años, algo para recordarles a los seguidores de SALDAÑA y VILLEGAS, usted les regaló tres regidores más de lo que les tocaba, de 9 llegaron a 12 regidores y dejaó tres regidores de la oposición, recuerdan Saldaña y sobre todo tú Villegas que Burmester hizo un excelente trabajo de aplanadora con Arhuata al que dejó con un solo regidor, hechos no palabras, ¿o no Ulises Villegas, cómo que no debes nada, no seas cínico y cara de jebe.

    ResponderBorrar
  20. A todos esos seudo comando Tucuy Ricuy ya no falta nada para tener sus nombre y apellidos completos, de ahí viene el filtro correspondiente con antecedentes policiales, judiciales, terrorismo, seguridad del estado, narcotráfico y una vez lista esta etapa hacerlos famosos en los medios de comunicación, me interesa un carajo si la TV apoya o no, me basta mi blog y mi podcast para que medio Perú los conozca, grupete de huevones con aires de heroicos comandos wawa cutruy, hijos de la cutra.

    ResponderBorrar
  21. Estas lúcidas opiniones sobre la falta de recuperación laboral en Lima Metropolitana debería llamar a la reflexión a varias personas en la muni comeña, pero por adelantado creemos que va ser en vano, ¿ustedes qué dicen Ericka Mercado, Misraim Via Huerta de Fiscalización y Control y Operaciones, Rodha Carrillo Montero y Gudelia Asalde Dominguez de la subgerencia de Ejecutoría Coactiva y Ejecutora Coactiva respectivamente? enemigas declaradas de la reactivación económica de Comas y los comeños, emprendedores, comerciantes y mypes en general, para ustedes solo existen la multas y clausuras, embargos de cuenta bancarias, inscripciones en INFOCORP, SUNARP, etc. no hay más, recaudar, recaudar y de paso apretar y no precisamente las manos de los agraviados, ¿o no señoras? veamos lo opinado por Martín Taype de EL MONTONERO hoy día 17 de marzo de 2022<.
    "Con respecto al mencionado informe debo señalar que en efecto el golpe ocasionado por la pandemia del Covid-19 ha sido devastador en el empleo. Y que ha afectado a todas las empresas independientemente de su tamaño; aunque con mayor énfasis en las micro y pequeñas empresas (mypes), que son las que brindan mayor empleo en el país y en nuestra capital.
    Pero no solo el empleo fue duramente golpeado, también la salud y vida de las personas. Nuestro país tiene el triste récord de ser el país con mayor número de decesos por millón de habitantes del mundo; por ello nunca debemos olvidar que primero esta salvaguardar la salud y vida de las personas, por lo que se deben tomar todas las medidas de protección y prevención de contagios de esta terrible pandemia, que según recientes declaraciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) aún no ha terminado. En cuanto al funcionamiento de las instituciones públicas y privadas el uso de herramientas tecnológicas como el teletrabajo vienen siendo de mucha utilidad y eficacia, por lo que su uso debería de masificarse y mantenerse en todas aquellas actividades que pueda ser aplicable".

    ResponderBorrar
  22. Recientes quejas de trabajadores municipales adultos mayores que están siendo obligadas a regresar a hacer trabajo presencial pese a su edad y su delicado estado de salud por el psicópata del jefe de personal de la muni comeña, magister en gestión pública Javier Ricardo Reyna Torres y aunque no lo crea abogado de profesión, aunque no usa ese título en su sellos municipales mediante los cuales se identifica, estos actos inhumanos propios de un enfermo mental nos obligan a seguir con las opiniones de Martín Taype sobre el teletrabajo y sun impacto en la economía de los trabajadores en este caso municipales de Comas:
    "Definitivamente el teletrabajo ha llegado para quedarse. Esta opción laboral es una alternativa para que las instituciones públicas y privadas ganen productividad. Por eso debe impulsarse en nuestro país, tanto en el sector privado como en el público. De este modo las empresas ahorrarán mucho dinero en costos fijos –como servicios de agua, luz, seguros de mobiliario y equipos, entre otros–; y los trabajadores ahorrarán horas-hombre al no desplazarse hacia y desde su centro de labores. Además tendrán una mejor alimentación, menores gastos, menos exposición a asaltos, accidentes de tránsito, etc. Debemos tener siempre presente que lo que se busca en las instituciones públicas y privadas son resultados por parte de sus trabajadores, y se ha demostrado que se puede lograr a través del teletrabajo.
    Finalmente, no debemos subestimar a esta pandemia. No podemos flexibilizar temerariamente las restricciones sanitarias, pues hacerlo sería exponer a las personas a un contagio masivo y, por ende, también a un eventual crecimiento de decesos. Recordemos que ninguna vacuna existente a la fecha evita el contagio y el virus del Covid-19 continúa mutando; no sabemos aún cómo evolucionará. Sin preservar la salud y vida de los trabajadores no se podrá reactivar la economía. Por lo tanto, debemos cuidarlos al máximo porque son el activo más importante de toda organización".
    Raúl Díaz Pérez haz un alto en tu agenda de citas y atiende al trabajador adulto mayor y en muy mal estado de salud, Julio Ríos Cárdenas, para que nuevamente uses tu voluntad política y ayudes a estas personas en su jubilación con todos sus beneficio sociales, si ya lo has hecho hace pocos días con el reconocimiento de los 470 soles en beneficio de los trabajadores del SOMUN con un dialogo alturado entre funcionarios y directivos sindicales con la presencia de dos asesores, uno tuyo y el otro del SOMUN, alguna vez en tu vida ayuda a los adultos mayores, todos llegamos a esa edad, bueno no todos, los imbéciles no, se mueren rápido por malos y necios.

    ResponderBorrar
  23. A ver, a ver, todos esos infelices que viven de la publicidad municipal y de vender sus publicherrys a los despistados precandidatos a las alcaldías con el cuento de que tienen audiencia, tiraje y sobre todo credibilidad entre el público, ¿que pasaría si de repente se quedan sin su medio de subsistencia? se mueren de hambre y regresarían a lo único que saben hacer, soplonería, canallaje o canillaje, tipeadores de imprentas de medio pelo, aja, la verdad dicha sea de paso no los favorece a esto mermeleros de la ASPREM y cojudeces parecidas:
    "Me pregunto qué sentirían los jóvenes si el Gobierno prohibiera el derecho al acceso a las redes sociales, dejándolos sin Internet y sin medios para expresar sus pensamientos o manifestar sus ideas.
    Las generaciones nacidas en épocas de relativa tranquilidad política no terminan de entender la importancia de la libertad de expresión, que camina de la mano con la libertad de prensa. No comprenden que sin libertad de expresión no existe una sociedad democrática, que ese derecho es imprescindible para formar la opinión pública; pero sobre todo que la libertad de prensa es el freno contra los abusos en el ejercicio del poder del Estado".

    ResponderBorrar
  24. Nos parece una metida de pata de antología del idiotismo que instructores del grupo policial TERNA que pertenece al Escuadrón Verde PNP den adiestramiento selectivo a los integrantes del mal llamado comando Tucuy Ricuy del serenazgo comeño, ¿por qué decimos esto? fácil y sencillo, la misma Ley Nacional del sereno y la RM Nº0203-2022-IN señalan objetivamente que está prohibido el uso de términos militares y policiales en civiles así como el de protocolos, insignias, grados y ceremonias que conduzcan a error en la sociedad, también está prohibido anonimatos o el suso de mascaras o cualquier aditamento que esconda el rostro de los serenos que son servidores civiles o públicos sujetos al DL 728 como obreros municipales, los tucuy ricuy son 30 personas y los serenos comunes y corrientes son entre 100 a 150 trabajadores municipales, ¿por qué la selectividad, si esos sujetos llamados tucuy ricuy formalmente no existen, además recuerden TERNAS que el comando de la REGPOL, la DIVPOL NORTE 2 y el DEPINCRI COMAS han pedido los nombres y apellidos completos de dichas personas y el jefe del serenazgo se niega a proporcionar dicha información aduciendo un secretismo que no tiene justificación legal alguna, ¿qué pasó TERNAS, durmiendo con el enemigo? cuidado con INSPECTORIA GENERAL.

    ResponderBorrar

¿FISCALIZACIÓN EN COMAS? …SOLO EXISTE LA DE PETUNIA RAMÍREZ Y SU BANDA

  No olviden visitar nuestro blog principal:  https://noapaguenlaluzvol2.blogspot.com/ 📄 Las funciones principales de los regidores son rep...