viernes, 18 de febrero de 2022

EL CASO REYNA TORRES, SUBGERENTE DE SUS RECURSOS INHUMANOS EN COMAS, ES UN CASO DIGNO DE ESTUDIO CLÍNICO

 

Sobre la obligación de cumplimiento del mandato judicial existe harta literatura jurídica.

Desde el concepto de tutela judicial efectiva (Art. 25 Protección Judicial, de la Convención Americana de Derechos Humanos, o Pacto de San José (-1-)-). Inciso 3) del artículo 139 de la Constitución Política de 1993, en su artículo 139°, establece los principios y derechos de la función jurisdiccional –(-2-)-), hasta la proscripción constitucional de la renuencia del funcionario público (Artículo 139º inciso 2), de la Constitución Política -(-3-)-), e innumerables Sentencias del TC sobre este extremo (el Exp. N° 01797-2010-PA/TC - Piura, de Livy Margot Chumacero Marticorena y otros –(-4-)-, el Exp. Nº 015-2001-AI/TC - Exp. Nº 016-2001-AI/TC - Exp. Nº 004-2002-AI/TC, del Colegio de Abogados de Ica, Defensoría del Pueblo (acumulados, -(-5-)-), y otros mas no menos importantes.

De manera que, la simple negativa al cumplimiento es una omisión frente a la cual el juez que ejecuta la sentencia debe tomar medidas concretas, formulando la denuncia penal que corresponde, en estos casos, por el delito de resistencia y desobediencia a la autoridad, previsto con Artículo 368° del Código Penal. Debe quedar claro, además, que, el cumplimiento del mandamus, el operador administrativo se encuentra en la misma obligación por lo que no debe dilatar irrazonablemente, y en este caso ilegalmente, la ejecución de la sentencia firme.

Regresando al caso, El tantas veces denunciado Abogado Reyna Torres, debería tomar en cuenta que, su vasta y reiterada renuencia y oposición al cumplimiento de mandatos judiciales firmes, no solo pone en juego la vida de cientos de directamente afectados, los que tienen el perfecto derecho de denunciarlo penalmente por el delito de resistencia y desobediencia a la autoridad, además, ante el Colegio de Abogados, por falta grave a la ética profesional.

Realmente, a estas alturas, el Abogado Reyna Torres de la Municipalidad de Comas, tiene todas las características de un caso clínico de pulsión de muerte (civil por supuesto).

(-1-)  “Convención Americana de Derechos Humanos, o Pacto de San José

Artículo 25°.- "Protección Judicial.

1. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces y tribunales competentes, que lo ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aun cuando tal decisión sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales.

2. Los Estados Partes se comprometen:

A garantizar que la autoridad competente prevista por el sistema legal del Estado decidirá sobre los derechos de toda persona que interponga tal recurso;

A desarrollar las posibilidades de recurso judicial; y,

A garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión en que se haya estimado procedente el recurso”

(-2-) "Constitución Política del Perú.

Artículo 139°.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional:

3. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.

Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación."

(-3-) “Constitución Política del Perú.

Artículo 139°.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional:

2. La independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional.

Ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución. Estas disposiciones no afectan el derecho de gracia ni la facultad de investigación del Congreso, cuyo ejercicio no debe, sin embargo, interferir en el procedimiento jurisdiccional ni surte efecto jurisdiccional alguno.

(-4-) https://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2010/01797-2010-AA.html

(-5-) https://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2004/00015-2001-AI%2000016-2001-AI%2000004-2002-AI.html



Ninguna de las resoluciones judiciales se ha cumplido, pese a los continuos requerimientos de la gerente de Administración y Finanzas Gabriela Vargas Alcántara y el Procurado Público Municipal, Dr. Humberto Hidalgo Reátegui, al intocable psicópata del magister en Gestión Pública y subgerente de Recursos Humanos de Comas. Para este impresentable sujeto no hay juez ni jueza que valga, la Constitución le vale madre, así como el Código Penal. Sabe que no hay control alguno en Comas, que ni la OCI ni el Concejo Municipal funcionan; primero están sus bolsillos.

Si estos dos casos le asombran e indignan, esperen a ver, en nuestra próxima edición, el sistemático y reiterativo maltrato al trabajador Joel Laurencio Vilas en su lucha ya ganada para su reposición, primero como medida cautelar y luego como casatorio en la Suprema. Así es Javier Ricardo Reyna Torres, abogado de profesión, aunque usted no lo crea.


16 comentarios:

  1. Sra. Vargas Alcantara han pasado 19 días hábiles desde el envío del Oficio Múltiple Nº067-2021-GAF/MDC (sic)) al sub gerente de Recursos Humanos, magister, Javier Ricardo Reyna Torres recordándole que es la enésima vez que le reiteran su obligación de acatar las resoluciones judiciales sin interpretaciones de por medio y peor aún sin la menor ganas o intenciones de cumplirlas, por lo que cabe preguntar ¿para cuándo el Proceso Administrativo Disciplinario contra este sujeto, no es el único caso, ni debe ser uno más en la larguisima fila de caprichos y psicopatías de Reyna Torres, su oficio fue remitido el 25 de enero de 2022? justicia que tarda no es justicia, además recuerde usted también que hay un oficio del juez señalando la posibilidad cada vez más cercana de que el señor juez los denuncie al alcalde Raúl Díaz Pérez, Reyna Torres y usted misma.

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  2. ¿Qué corona tiene Reyna Torres para zurrarse en las leyes, el año pasado si mal no recuerdo se hizo multar por la SUNAFIL con más de 2 millones de soles y no pasó nada, quién paga esa onerosa multa? ese maldito se caga en las leyes con la complicidad y anuencia del alcalde que lo apadrina porque es otro enfermo igual que él.

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    1. La respuesta la tiene únicamente Raúl Díaz Pérez como alcalde de Comas, el Gerente Municipal Rubén Rivera Chumpitaz es un mico pintado en la pared y las advertencias o amenazas de la Gerente de Administración y Finanzas, Gabriela Vargas Alcántara le llegan a la punta al pobre diablo de Reyna Torres, se siente protegido tanto por Raulete como por Omarcete, el rey y su reina, tú no Maybi, tú solo sirves, ya pues, Reina del Taco y la huasca.

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  3. Amigo Burmester buenos días, una vez más para saludarlo y felicitarlo por su trabajo no reconocido por algunos infelices que solo quieren leer las "cosas buenas" de la gestión, no hay nada que reconocer y saber que se lucha solo contra la corriente da rabia pero de seguro que de ahí usted sale más fortalecido, siga adelante como lo viene haciendo desde hace muchisimos años, no desmaye, preferible solo que mal acompañado de esa prensa pervertida y prostituta además de mermelera que hoy pretende reinar en las redes con sus programetes de TV digital presentando entrevistas sin hacer la aclaración respectiva, son publicherrys, entrevistas publicitarias o compradas, fuerza amigo Burmester.

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  4. Mil disculpas a los lectores por un olvido imperdonable de la edición del blog, omitieron colocar los nombres de los autores del reciente artículo publicado el día de hoy 18 de Febrero de 2022, mil disculpas a Salomón Márquez y César Burmester, gracias señores.

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  5. Esta es para el campeonato de los conchudos galácticos, de la muy muy lejana galaxia de la CONCHA DE ORO, le preguntan a Ulises Villegas si sabe por qué razón denuncia a Percy Aquino Rodriguez por denuncia calumniosa en su contra, "Que, confió en las leyes peruanas y esto tiene que dejar un gran precedente jurídico para que personas como el denunciado Percy Aquino Rodriguez no difamen a personas honorables y no hagan abuso y aprovechamiento de" bla, bla, bla, oye Ulises, la firme que eres bien concha y pana para denunciar a un hombre honesto y con principios morales sólidos, aquí entre nos, tú no reconocerías a la señora HONORABILIDAD y al señor HONORABLE así estuvieran calatos frente a tí, una más pues ex amigo, ¿sabrá el buen fiscal Jorge Luis Villegas Alarcón de la 8va. Fiscalía Penal Corporativa de Lima Norte que tú Ulises Villegas Rojas ya no vives en Comas desde hace más de 10 años en Comas y vive realmente en La Molina junto con tu linda familia y que tu empresa tampoco tiene nada que hacer en Comas, que tienes un juicio penal por COLUSION DESLEAL en agravio de la Municipalidad de Independencia, un juicio penal por lesiones graves en Comas en 2014 en agravio de un indefenso taxista, vamos señor Fiscal una revisadita a los juicios y denuncias ante la fiscalía de este denunciante no le hace daño a nadie que sea honesto y honrado por supuesto.

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  6. Un... día, un florista fue al peluquero a cortarse el pelo. Luego del corte pidió la cuenta y el peluquero le contestó:
    - No puedo aceptar dinero. Esta semana estoy haciendo servicio comunitario.
    El florista quedó agradecido y dejó el negocio.
    Cuando el peluquero fue a abrir el negocio, a la mañana siguiente, había una nota de agradecimiento y una docena de rosas en la puerta.
    Luego entró un panadero para cortarse el pelo, y cuando fue a pagar, el peluquero respondió:
    - No puedo aceptar dinero. Esta semana estoy haciendo servicio comunitario.
    El panadero se puso contento y se fue.
    A la mañana siguiente cuando el peluquero volvió, había una nota de agradecimiento y una docena de donas y bizcochos esperándolo en la puerta.
    Entonces un senador fue a cortarse el pelo y cuando fue a pagar el peluquero nuevamente dijo: - No puedo aceptar dinero. Esta semana estoy haciendo servicio comunitario. El senador contento se alejó.
    Al día siguiente cuando el peluquero fue a abrir el local, había una docena de senadores, 10 diputados, 15 concejales, el alcalde con sus secretarios, la esposa del alcalde y 6 hijos, haciendo cola para cortarse gratis.
    Esto, querido amigo, muestra la diferencia fundamental que existe, actualmente, entre los ciudadanos comunes y los miembros del "honesto" grupo de ciudadanos que nos gobiernan...
    Por favor, en las próximas elecciones , vota con cuidado...y escoge con conciencia
    ¡Tú decides !
    *1.-*El ladrón vulgar te roba: El dinero, el reloj, la cadena, el coche, el móvil y cualquier bagatela más.
    2.- El Político te roba: La salud, la vivienda, la educación, la pensión, la recreación, el trabajo y hasta la conciencia.
    1.- El primer ladrón te elige... ¡A TI!
    2.- El segundo ladrón... ¡LO ELIGES TÚ!
    ¡Analiza y Piensa!
    UN VECINO COMEÑO COMO TÚ
    P.D.- NO TE QUEDES CON EL MENSAJE...... PÁSALO, LO NECESITAMOS

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  7. Nos quejamos los 4 años de cada gestión y a la hora previa perdemos el tiempo escuchando o peor aún viendo las caricaturas disfrazadas de entrevistas que practican los seudo periodistas en agravio de la sociedad comeña, no es posible que los mimos sujetos sean quienes nos digan que candidatos nos convienen aunque ni en pelea de perros nos digan ¿qué van a hacer y cómo para resolver nuestros diarios problemas? no nos vengan a decir que nuestra seguridad es su prioridad o nuestra seguridad es su preocupación, eso que lo diga alguién que vive, come y duerme en Comas las 24 horas del día los 365 días de el año y no aquellos que regresan después de dormir como pendejos en su casitas molineras, ¿los comeños queremos saber por qué ningún candidato abogado ha presentado alguna denuncia penal contra el Concejo Municipal y el alcalde Raúl Díaz Pérez por esas multas abusivas por ocupar los espacios públicos impidiendo la libre circulación? eufemismo usado para ir en contra el Reglamento Nacional de Tránsito, alguna denuncia por el gravisimo asalto al mototaxista comeño con el contrato trafa con CONSORCIO DORDIS, las multas abusivas a los empresarios de Trapiche a sabiendas que Comas no ha cumplido con dar la Habilitación Urbana correspondiente y así exigen Licencia de Construcción, provecho malditos rateros, que les dure, a ver pues señores politiqueros es con ustedes el pleito, ¿están esperando ser alcaldes para recién ayudarnos? que conchaza la suya.

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  8. Recién hoy día sábado 19 de febrero de 2022 empiezan a cobrar sueldos de enero de este año los empleados nombrados de la Municipalidad de Comas y eso que aún faltan los locadores de servicios, los proveedores sin oficio ni beneficio ya cobraron hace rato, provecho lacras, los trabajadores son la última rueda del coche para los alcaldes corruptos y sus funcionarios super ladrones, nos dice una fuente cercana a Rentas que a mitad de semana salieron cerca de 25 cheques de la Agencia del SCOTIA BANK derechitos para los grandes proveedores, eso que pagan jugosos diezmos, claro el chamba municipal no paga cupos, es su sueldo pues hijos de su mala madre, ahí se fueron los primeros dos palos que entraron en febrero, gracias Pepito Ruiz Fuentes, ¿qué haríamos sin tus datos de cajón? a llorar a la playa seguramente.

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    1. A llorar a la playa soplón estafador, ¿te gustan los viajes de fines de semana largo? sufre basura sufre.

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  9. Interesante el resultado de la encuesta sobre los alcaldes de Lima Metropolitana con respecto a su aprobación y desaprobación entre los encuestados por CPI:
    Por otra parte, la encuesta de CPI mide también la aprobación y desaprobación de los alcaldes de Santiago de Surco (29.4% – 50-9%), Miraflores (44.8% – 49.9%) , La Molina (41.6% – 45-4% ), Jesús María (56.6 % – 34.1%), Pueblo Libre (43.3% – 49.3% ), Comas (32.7% – 55.1%), Ate (44.1% – 39.9 %), La Victoria (18.4% – 75.4% ), Chorrillos (18.3% – 73.3% ), San Juan de Miraflores (15.1% – 74.1%) y San Juan de Lurigancho (12.3% – 85.8% ). El actual alcalde José Luis Quintana, de Jesús María, es el más aprobado por los vecinos; mientras Álex Gonzales, de San Juan de Lurigancho, el menos aprobado.
    Un poco raro ese resultado de Raúl Díaz Pérez en Comas, con ese índice de aprobación más falso que beso de Judas, el hombre fácil llega a un 70 %, no lo quieren ni en su casa, ni la mascota le mueve la cola por malo.

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  10. ¿Sabían ustedes mis amigos del blog que en Comas se venden autorizaciones truchas para eventos y espectáculos públicos no deportivos así como permisos para fiestas covidiotas en Piscinas no aptas para el público según el MINSA? nos dicen nuestras fuentes bien informadas que el autor de estas fechorías es un viejo y conocido proveeddor de la muni comeña es esta gestión, se trata de Alan "Porky Sucio" que los consigue por medio de Pedrito Ignacio el dueño y señorito de Promoción Empresarial a un precio especial y lo peor es que esto lo conoce Misraim Via Huerta así como Ericka Mercado y no dicen esta boca es mía, ¿y la dignidad y la moral? palabras huecas que no dan que comer cuando la calle está dura.

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  11. Sr. Burmester muy buenos días y saludos, muchisimo agradecería se sirva publicar estos párrafos de la, a mi criterio, sumamente importante opinión del columnista Alfonso Gildemeister de LA ABEJA.COM aparecido en su versión de hoy 21 de febrero de 2022:
    "Sin embargo, para la Administración Tributaria peruana, ya sea la SUNAT o los municipios, pareciera que en el Perú nunca hubo pandemia por el Covid19 ni quiebra ni cierre de empresas, ni gran incremento del desempleo ni nada parecido. ¡En el Perú no ha pasado nada! Los peruanos continúan viviendo como antes de la pandemia. Aquí no sucedió ni sucede nada. El hecho de haber tenido el país más de doscientos mil muertos por Covid19, sin contar miles de personas que han sobrevivido al Covid19 y han quedado terriblemente endeudadas, muchas por haber pagado por una cama UCI mas de doscientos mil soles en un mes, además de haber gastado miles de soles en tanques de oxígeno, medicinas, pruebas moleculares, honorarios médicos, etc. para la Administración Tributaria pues, lo sucedido es irrelevante.
    Miles de personas hoy tienen que romperse la cabeza para ver de dónde diablos obtendrán dinero para pagar a las municipalidades el impuesto predial, los arbitrios o el absurdo impuesto automotriz, así como pagarle a la SUNAT el impuesto a la renta. Si bien es cierto que la SUNAT solo recauda y no puede crear ni exonerar tributos, siendo el Congreso de la República o el Poder Ejecutivo cuando le delegan facultades, los que pueden hacerlo, lamentablemente a los gobiernos de Vizcarra, Sagasti y el actual nefasto gobierno de Castillo, no se les ha pasado por la cabeza que la sociedad civil peruana viene pasando por una gravísima crisis económica que aún no termina ni tiene miras de terminar. El desempleo y el costo de vida aumentan cada día y la desesperación va cundiendo en la ciudadanía. Sin embargo, a los referidos gobiernos, así como al actual, en ningún momento se les ocurrió u ocurre promulgar un régimen temporal de exenciones o exoneraciones tributarias, o en todo caso una amnistía general, a fin de ayudar y darle oxígeno a la ciudadanía para que al menos los que sufren desempleo o quiebra de sus empresas, temporalmente dejen de pagar tributos o al menos se les reduzca su pago. Nada de eso ha ocurrido, salvos unas miserables prórrogas para el pago de tributos, y la Administración Tributaria continúa cobrando tributos como si nada hubiera pasado y el Perú continuara con una economía boyante en crecimiento, como la que teníamos hace diez años, olvidando que el Perú de hoy está económicamente paralizado, sin inversiones de ninguna clase, en un franco retroceso económico en donde las personas hacen literalmente lo indecible por sobrevivir. Pero el Estado ¡ay! Continúa recaudando, repito, como si no pasara nada.
    A fines de noviembre de 2021, el Congreso delega facultades al Ejecutivo en materia tributaria, pero al Ejecutivo no se le ocurre siquiera reformar el impuesto a la renta para que las personas naturales deduzcan de la renta bruta anual, sus gastos reales necesarios como luz, agua, teléfono, internet, gastos de salud, vivienda, educación, alimentación, etc. Solo unas miserables siete (7) unidades impositivas tributarias al año y algo más. ¿Pueden imaginar que una persona que pagó o en todo caso se endeudó por mas de doscientos mil soles, pues estuvo enfermo con Covid19 durante mas de un mes en una cama UCI (tuvo suerte, por cierto), hoy no puede deducir dicho gasto para el cálculo del impuesto a la renta? ¿Pueden creer que una familia que perdió a los dos abuelos y a un hijo por el Covid19 no puede considerar como gastos deducibles los gastos del sepelio? Y Sin embargo el Estado ¡Ay! Sigue cobrando.
    Gracias por adelantado estimado señor y siga adelante con su periodismo valiente y veraz.

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  12. Sra. Jessica Valer Plasencia sería bueno que usted y sus empelados leyesen esta pequeña nota sobre la digitalización y la simplificación administrativa, se evitaría la perdida de tiempo horrorosa en terminar un trámite que no debe pasar salvo por razones efectivamente fuera de un contexto natural como un siniestro o un sismo brutal del tiempo señalado en el TUPA y en la Ley 27444, manos a la obra y no permita que la denuncien por omisión de deberes de función, usted tiene en sus manos expedientes que llevan ya más de 50 días uno y 40 en otro si que hasta la fecha resuelvan sus resolutores, un consejo hasta de un conejo, no lo olvide.

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  13. César buenos días amigo, disculpa mi intromisión mañanera pero no podía dejar pasar por alto el último párrafo del muy buen artículo de Don Alfonso Gildemeister al que alude el lector y haz tenido el buen gesto de publicar, este parrafito le cae a pelo a dos personas de la gerencia de Rentas de Comas, específicamente de la nefasta y abusiva Ejecutoría Coactiva de Gudelia Asalde Dominguez y la inútil y corrupta subgerencia de Ejecutoría Coactiva que jefatura la abogada Rodha Fernanda Carrillo Montero y sus brutales metidas de pata, ¿o no son metidas de pata? al embargar cuentas bancarias de contribuyentes fantasmas sin dar explicaciones algunas o tan estúpidas que no merecen ser tomadas como respuestas coherentes y válidas:
    "De allí que solo cabe concluir que tenemos un Estado tributariamente insensible con un sistema tributario aplicable a personas naturales totalmente confiscatorio que solo tiene como objetivo recaudar sobre cualquier otro aspecto, no interesando ni respetando los derechos fundamentales de los contribuyentes para nada. No interesa que una persona por la pandemia o por haber sufrido de Covid19, haya quedado en el desempleo, quebrada, en la miseria más absoluta, por haberse gastado los pocos ahorros, CTS, y fondos de AFP que le quedaban, si es que tenía la suerte de tenerlos. Hoy la consigna de la Administración Tributaria es recaudar a toda costa, cobrar sobre todas las cosas y de no pagarse el tributo requerido, aplicar la fuerza (coactus) mediante el procedimiento de cobranza coactiva y embargar los bienes a los ciudadanos pese a todo, como si viviéramos en la edad media. La sociedad civil agoniza porque el Estado la ahoga con un sistema tributario nefasto de impuesto a la renta esencialmente confiscatorio. Fiscalmente, la persona ni la familia interesan en este país, no se la respeta ni considera. Por tanto, solo quedará lamentarse, recordando a Vallejo, exclamando, pese a la pandemia y a la crisis económica / política que nos ahoga cada vez más: y el Estado ¡ay! siguió cobrando impuestos"…
    Gracias amigo y hermano de muchos años de lucha contra la corrupción que sigue invadiendo nuestra sociedad ante la indiferencia y angurria de muchos malos peruanos y comeños.

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  14. Nuevamente Jennifer Talavera Solís nos vuelve a sorprender, nos enteramos que ya pidió a través de su abogado la Ejecución Forzada y requerir a la demandada (Municipalidad de Comas) que en el juicio sobre pago de beneficio sociales y/o indemnización u otros beneficios sea rechazado el cronograma de pagos antes aceptado y que se disponga el embargo de la Cuenta Corriente denominada FONCOMUN que tiene la Muni de Comas ante el BANCO DE LA NACIÓN, uyuyuy, ahora si la cosa se puso bien fea para el magister con la denuncia penal de por medio de la Sra. Talavera y ahora este pedido al juez del 1er. juzgado laboral de Lima Norte por la misma persona da el ejemplo para que lel resto de agraviados siga el mismo camino, sin luchas no hay victorias, no al miedo, basta ya carajo de tanto abuso de un pobre diablo, ya la Sra. Gabriela Vargas A. y el Procurador Hidalgo Reategui habían advertido de esta situación sin que el alcalde ponga fin a estas sistemáticas y reiterativas violaciónes a las leyes y resoluciones judiciales.

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