miércoles, 9 de febrero de 2022

MÁS DE LO MISMO…

 

Las elecciones municipales y regionales se han programado para el 2 de octubre de 2022. Ya los posibles candidatos han iniciado la campaña electoral. Sin embargo, observamos que utilizan las mismas estrategias del pasado. Es decir, más de lo mismo…

Los candidatos ningunean, discriminan al “electotarado” con la distribución de dádivas. El reparto de canastas, alimentos, bienes, etc., es común en estos.

Sin embargo, los políticos vulneran lo establecido en el artículo 42 de la Ley N° 30689, respecto a los actos de corrupción y el clientelismo en la política donde se señala que: “los candidatos en el marco de un proceso electoral están prohibidos de efectuar entrega o promesa de entrega de dinero, regalos, dádivas, alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción u otros objetos de naturaleza económica, de manera directa, o a través de terceros por mandato del candidato y con recursos del candidato o de la organización política”.

A ningún candidato a Alcalde o Gobernador lo escuchamos exponer su plan de gobierno, para ellos ese tema no vende y peor aún no conocen cuáles son sus funciones como autoridad edil o regional, respectivamente.

Al respecto el artículo 20° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe lo siguiente:

 

ATRIBUCIONES DEL ALCALDE 

Son atribuciones del alcalde: 

1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos;

2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal; 

3. Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad; 

4. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos; 

5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación; 

6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; 

7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil; 

8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal;

9. Someter a aprobación del concejo municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado; 

10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley; 

11. Someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido; 

12. Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del concejo municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios; 

13. Someter al concejo municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional; 

14. Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal; 

15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado; 

16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil; 

17. Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza; 

18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad; 

19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del serenazgo y la Policía Nacional; 

20. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal; 

21. Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control; 

22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna; 

23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones; 

24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales; 

25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado; 

26. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designar a su representante, en aquellos lugares en que se implementen; 

27. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia; 

28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera;

29. Proponer al concejo municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley;

30. Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción; 

31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes; 

32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el concejo municipal; 

33. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad; 

34. Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal; 

35. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley. 

36. Presidir, instalar y convocar al comité provincial o distrital de seguridad ciudadana, según sea el caso.” (*) Numeral incorporado por el artículo 4 de la Ley Nº 30055, publicada el 30 de junio de 2013.

Asimismo, según la Ley Orgánica De Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, son atribuciones del Gobernador:

Artículo 21.- Atribuciones 

El Presidente Regional tiene las siguientes atribuciones: 

a. Dirigir y supervisar la marcha del Gobierno Regional y de sus órganos ejecutivos, administrativos y técnicos, 

b. Proponer y ejecutar el Presupuesto Participativo Regional aprobado por el Consejo Regional. c. Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza.

d. Dictar Decretos y Resoluciones Regionales.

e. Dirigir la ejecución de los planes y programas del Gobierno Regional y velar por su cumplimiento.

f. Administrar los bienes y las rentas del Gobierno Regional. 

g. Dirigir, supervisar, coordinar y administrar las actividades y servicios públicos a cargo del Gobierno Regional a través de sus Gerentes Regionales. 

h. Aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional. 

i. Disponer la publicación mensual y detallada de las estadísticas regionales. 

j. Suscribir convenios o contratos con la cooperación técnica internacional, con el apoyo del Consejo Nacional de la Descentralización, y de otras entidades públicas y privadas, en el marco de su competencia. 

k. Celebrar y suscribir, en representación del Gobierno Regional, contratos, convenios y acuerdos relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y sólo respecto de aquellos bienes, servicios y/o activos cuya titularidad corresponda al Gobierno Regional.

l Convocar y presidir las sesiones del Consejo de Coordinación Regional. 

m. Presentar su Informe Anual al Consejo Regional. 

n. Presentar la Memoria y el Informe de los Estados Presupuestarios y Financieros del Gobierno Regional al Consejo Regional.

o- Promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional.

p. Presentar al Consejo Regional: 

1) El Plan de Desarrollo Regional Concertado. 

2) El Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual. 

3) El Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales. 

4) El Programa de Competitividad Regional. 

5) El Programa Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas. 

6) El Programa de Desarrollo Institucional. 

7) Las propuestas de acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales y de estrategias de acciones macrorregionales. 

q. Proponer al Consejo las iniciativas legislativas. 

r. Proponer y celebrar los contratos de las operaciones de crédito interno y externo aprobadas por el Consejo Regional. 

s. Promover y celebrar convenios con instituciones académicas, universidades y centros de investigación públicos y privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica e investigación. 

t. Promover y participar en eventos de integración y coordinación macrorregionales. 

u. Proponer, ejecutar las estrategias y políticas para el fomento de la participación ciudadana. V. Asistir a las sesiones del Consejo Regional cuando lo considere necesario o cuando éste lo invita, con derecho a voz.

Hoy en día……

Muy sueltos de huesos vemos que estos candidatos organizan campeonatos deportivos, campañas médicas, distribución de regalitos, levantamiento de desmonte, entre otros donde no hay respeto a las medidas de bioseguridad establecidas por el Gobierno Central para combatir la pandemia del COVID19 dando mal uso de los parques, losas deportivas y plazas, sin que la autoridad municipal diga algo.

Ya el Jurado Nacional de Elecciones señaló que “los candidatos que durante su campaña proselitista entreguen o prometan dinero, regalos, dádivas u otros objetos de naturaleza económica con el fin de comprar el voto de los electores, serán pasibles de drásticas sanciones e incluso ser excluidos del proceso electoral”.

La alta percepción de corrupción, así como la innegable existencia de prácticas corruptas, en los partidos políticos denotan un grave problema relacionado a la institucionalidad de la democracia en nuestros días. Pues las mencionadas organizaciones se constituyen como una especie de puentes o interlocutores válidos entre los intereses de la población y el gobierno; tornándose difícil reconocer a nuestro sistema estatal como una democracia consolidada, si la percepción de corrupción de los partidos políticos y sus representantes es demasiado alta.

Si bien el clientelismo político no es un ilícito penal, se ha determinado que la misma se encuentra estrechamente vinculada a la corrupción. Ello se debe a que la práctica clientelista puede avalar o viabilizar tratos y concertaciones corruptas entre los particulares (entendidos como partidarios de la organización política) para entregar montos a dichas organizaciones con la promesa de obtener un beneficio económico, social o jurídico de parte del gobierno una vez que los representantes del partido sean electos y asuman el control del mismo. La frontera o el límite entre ambos fenómenos son poco perceptible, convirtiéndose la corrupción en un eficaz instrumento del clientelismo político y mezclándose ambas figuras impidiendo su reconocimiento

La corrupción mediante el financiamiento privado es facilitada por su ineficiente regulación. Si bien la ley establece sanciones por obtener financiamiento ilegal y prohibido, la misma no prevé el supuesto planteado en el presente artículo. Pues el financiamiento de los particulares, que conciertan la devolución de favores una vez que los representantes del partido asuman funciones públicas, puede ser catalogado de legales o ilegales. Ello es incierto, toda vez que los particulares al momento de aportar su dinero no mostrarían indicio alguno por el cual se infiera su finalidad de cobrar favores a futuro.

Por lo antes expuesto, el futuro que se nos viene es incierto. El perfil de los candidatos está alejado a lo que requieren las regiones o los distritos. El abanico de oportunidad es mínimo. Hoy en día vemos candidatos que ya han sido autoridades y que sin embargo están envueltos en temas de corrupción y, por otro lado, tenemos aprendices que tan igual que el actual Presidente de la Republica dirá “estamos aprendiendo…”.

A continuación, presentaremos algunos individuo(a)s que son pre candidato(a)s a la Alcaldía del Distrito de Comas. El orden de presentación no significa ninguna preferencia en particular y menos un resultado de una encuesta.


AGRUPACIÓN POLÍTICA                           PRECANDIDATO (A)

 

ALIANZA PARA EL PROGRESO               MIGUEL SALDAÑA REÁTEGUI


PODEMOS PERÚ                                        ROBINSON GUPIOC


AVANZA PAÍS                                              JEAN PAUL GRANADOS

                                                                       JULIO RAMOS

                                                                      DANTE CANARIO


SOMOS PERÚ                                             ULISES VILLEGAS


JUNTOS POR EL PERÚ                             JUAN SOTO HANI

                                                                      JORGE MOLINA SALAZAR

                                                                       JUAN CONDORI

                                                                       JESÚS VILLANUEVA


PARTIDO DEMOCRACIA VERDE             LUCIO DEZA

                                                                      VICTORIA VILLANUEVA

 

PARTIDO POLÍTICO FE EN EL PERÚ      ALEJANDRO SUCLLY


RENOVACIÓN POPULAR                          ALEXIS BÁÑEZ

                                                                      SILVIA RÍOS

PERÚ LIBRE


ACCIÓN POPULAR                                     ROGER APIAN


PARTIDO MORADO                                    WÍLFER PALACIOS 

FRENTE ESPERANZA                                ROXANA ARI


PERÚ UNIDO                                               VÍCTOR VEJARANO

                                                                       CARLOS ALCÁNTARA ARROYO 


Atentamente,

3 comentarios:

  1. A las personas que fungen de funcionarios en la gestión municipal de Raúl Díaz Pérez les recuerdo la vigencia del TUPA y de la ley 27444 Ley General de Procedimientos Administrativos, en ambos documentos se señala objetivamente los plazos para los trámites por cada procedimiento, sabemos de buena fuente que en la gerencia de Administración Tributaria hay numerosos expedientes que ya excedieron el plazo limite para finalizar lo solicitado y con largueza, cuidado con las denuncias respectivas y los PAD o PAS que facilmente pueden terminar con inhabilitaciones para el ejercicio de cargos públicos, pilas señoras y señores con los expedientes a su cargo, después a llorar a la playa y ustedes ya están de salida.

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  2. Ja ja ja, que buena joda y sátira a la vez, si pues, ahora cualquier huevón cree que alquilando un espacio en radio y salir al mismo tiempo en facebook ya es periodista y si encima es candidato o mejor dicho candidazo o candiasno ya la hizo linda, Comas ya tiene su futuro alcalde, plan de gobierno no interesa, usted tiene su programa radial feisbuquero, no necesita banners ni equipos de campaña, solo basta un programete radial y su jeta en el feis y zonqui, ya tenemos alcalde los comeños, buena joda y lo repito, vale el comentario con ají y harto raticida.

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  3. Una pregunta Sr. Director del Blog, ¿qué les debemos los comeños a la familia Tejada Rosales para permitirles que muy oronda y conchudamente deban por falta de pago de Impuesto Predial y Arbitrios la suma de 150,185.03? acaso que el sinverguenza de Carlos Tejada Rosales haya sido funcionario como jefe de seguridad ciudadana de Comas por su cercana amistad con Ulises Villegas y que ambos tengan a su topo César Mancilla "trabajando" precisamente en Ejecutoría Coactiva que es el lugar donde se encuentran los expedientes de esta familia, toda la deuda está en estado coactivo, paguen conchudos de mierda si hasta un burdel tienen o han tenido en el Hostal PISCIS de la calle Japón, la piscina PISCIS sigue en funciones pese a que ha sido declarada NO APTA por el MINSA y ahí hacen fiestas covidiotas los fines de semana, ¿tanto pesa el bodoque Mancilla con la gente de Control y Operaciones? vaya, vaya.

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